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Ley de Enjuiciamiento Civil.
TÍTULO PRELIMINAR De las normas procesales y su aplicación
Artículo 1. Principio de legalidad procesal.
Artículo 2. Aplicación en el tiempo de las normas procesales civiles.
Artículo 3. Ámbito territorial de las normas procesales civiles.
Artículo 4. Carácter supletorio de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
LIBRO I De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles
TÍTULO I De la comparecencia y actuación en juicio
Artículo 5. Clases de tutela jurisdiccional.
CAPÍTULO I De la capacidad para ser parte, la capacidad procesal y la legitimación
Artículo 6. Capacidad para ser parte.
Artículo 7. Comparecencia en juicio y representación.
Artículo 8. Integración de la capacidad procesal.
Artículo 9. Apreciación de oficio de la falta de capacidad.
Artículo 10. Condición de parte procesal legítima.
Artículo 11. Legitimación para la defensa de derechos e intereses de consumidores y usuarios.
Artículo 11 bis. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato entre mujeres y hombres.
CAPÍTULO II De la pluralidad de partes
Artículo 12. Litisconsorcio.
Artículo 13. Intervención de sujetos originariamente no demandantes ni demandados.
Artículo 14. Intervención provocada.
Artículo 15. Publicidad e intervención en procesos para la protección de derechos e intereses colectivos y difusos de consumidores y usuarios.
Artículo 15 bis. Intervención en procesos de defensa de la competencia y de protección de datos.
CAPÍTULO III De la sucesión procesal
Artículo 16. Sucesión procesal por muerte.
Artículo 17. Sucesión por transmisión del objeto litigioso.
Artículo 18. Sucesión en los casos de intervención provocada.
CAPÍTULO IV Del poder de disposición de las partes sobre el proceso y sobre sus pretensiones
Artículo 19. Derecho de disposición de los litigantes. Transacción y suspensión.
Artículo 20. Renuncia y desistimiento.
Artículo 21. Allanamiento.
Artículo 22. Terminación del proceso por satisfacción extraprocesal o carencia sobrevenida de objeto. Caso especial de enervación del desahucio.
CAPÍTULO V De la representación procesal y la defensa técnica
Artículo 23. Intervención de procurador.
Artículo 24. Apoderamiento del procurador.
Artículo 25. Poder general y poder especial.
Artículo 26. Aceptación del poder. Deberes del procurador.
Artículo 27. Derecho supletorio sobre apoderamiento.
Artículo 28. Representación pasiva del procurador.
Artículo 29. Provisión de fondos.
Artículo 30. Cesación del procurador.
Artículo 31. Intervención de abogado.
Artículo 32. Intervención no preceptiva de abogado y procurador.
Artículo 33. Designación de procurador y de abogado.
Artículo 34. Cuenta del procurador.
Artículo 35. Honorarios de los abogados.
TÍTULO II De la jurisdicción y de la competencia
CAPÍTULO I De la jurisdicción de los tribunales civiles y las cuestiones prejudiciales
Sección 1.ª De la extensión y límites de la jurisdicción de los tribunales civiles
Artículo 36. Extensión y límites del orden jurisdiccional civil. Falta de competencia internacional.
Artículo 37. Falta de jurisdicción. Abstención de los tribunales civiles.
Artículo 38. Apreciación de oficio de la falta de competencia internacional y de jurisdicción.
Artículo 39. Apreciación de la falta de competencia internacional o de jurisdicción a instancia de parte.
Sección 2.ª De las cuestiones prejudiciales
Artículo 40. Prejudicialidad penal.
Artículo 41. Recursos contra la resolución sobre suspensión de las actuaciones por prejudicialidad penal.
Artículo 42. Cuestiones prejudiciales no penales.
Artículo 43. Prejudicialidad civil.
CAPÍTULO II De las reglas para determinar la competencia
Artículo 44. Predeterminación legal de la competencia.
Sección 1.ª De la competencia objetiva
Artículo 45. Competencia de los Juzgados de Primera Instancia.
Artículo 46. Especialización de algunos Juzgados de Primera Instancia.
Artículo 47. Competencia de los Juzgados de Paz.
Artículo 48. Apreciación de oficio de la falta de competencia objetiva.
Artículo 49. Apreciación de la falta de competencia objetiva a instancia de parte.
Artículo 49 bis. Pérdida de la competencia cuando se produzcan actos de violencia sobre la mujer.
Sección 2.ª De la competencia territorial
Artículo 50. Fuero general de las personas físicas.
Artículo 51. Fuero general de las personas jurídicas y de los entes sin personalidad.
Artículo 52. Competencia territorial en casos especiales.
Artículo 53. Competencia territorial en caso de acumulación de acciones y en caso de pluralidad de demandados.
Artículo 54. Carácter dispositivo de las normas sobre competencia territorial.
Artículo 55. Sumisión expresa.
Artículo 56. Sumisión tácita.
Artículo 57. Sumisión expresa y reparto.
Artículo 58. Apreciación de oficio de la competencia territorial.
Artículo 59. Alegación de la falta de competencia territorial.
Artículo 60. Conflicto negativo de competencia territorial.
Sección 3.ª De la competencia funcional
Artículo 61. Competencia funcional por conexión.
Artículo 62. Apreciación de oficio de la competencia para conocer de los recursos.
CAPÍTULO III De la declinatoria
Artículo 63. Contenido de la declinatoria, legitimación para proponerla y tribunal competente para conocer de ella.
Artículo 64. Momento procesal de proposición de la declinatoria y efectos inmediatos.
Artículo 65. Tramitación y decisión de la declinatoria.
CAPÍTULO IV De los recursos en materia de jurisdicción y competencia
Artículo 66. Recursos en materia de competencia internacional, jurisdicción, sumisión a arbitraje o mediación y competencia objetiva.
Artículo 67. Recursos en materia de competencia territorial.
CAPÍTULO V Del reparto de los asuntos
Artículo 68. Obligatoriedad del reparto. Tratamiento procesal.
Artículo 69. Plazo en que debe efectuarse el reparto.
Artículo 70. Medidas urgentes en asuntos no repartidos.
TÍTULO III De la acumulación de acciones y de procesos
CAPÍTULO I De la acumulación de acciones
Artículo 71. Efecto principal de la acumulación. Acumulación objetiva de acciones. Acumulación eventual.
Artículo 72. Acumulación subjetiva de acciones.
Artículo 73. Admisibilidad por motivos procesales de la acumulación de acciones.
CAPÍTULO II De la acumulación de procesos
Sección 1.ª De la acumulación de procesos: disposiciones generales
Artículo 74. Finalidad de la acumulación de procesos.
Artículo 75. Legitimación para solicitar la acumulación de procesos. Acumulación acordada de oficio.
Artículo 76. Casos en los que procede la acumulación de procesos.
Artículo 77. Procesos acumulables.
Artículo 78. Improcedencia de la acumulación de procesos. Excepciones.
Artículo 79. Proceso en el que se ha de pedir o acordar de oficio la acumulación.
Artículo 80. Acumulación de procesos en el juicio verbal.
Sección 2.ª De la acumulación de procesos pendientes ante un mismo tribunal
Artículo 81. Solicitud de la acumulación de procesos.
Artículo 82. Desestimación inicial de la solicitud de acumulación de procesos.
Artículo 83. Sustanciación y decisión del incidente de acumulación de procesos. Recursos.
Artículo 84. Efectos del auto que otorga la acumulación.
Artículo 85. Efectos del auto que deniega la acumulación.
Sección 3.ª De la acumulación de procesos pendientes ante distintos tribunales
Artículo 86. Normas aplicables.
Artículo 87. Solicitud de acumulación de procesos.
Artículo 88. Efecto no suspensivo de la solicitud o del inicio de actuaciones de oficio para la acumulación de procesos.
Artículo 89. Contenido del auto que declara procedente la acumulación de procesos.
Artículo 90. Recepción del requerimiento de acumulación por el Tribunal requerido y vista a los litigantes.
Artículo 91. Resolución sobre el requerimiento de acumulación.
Artículo 92. Efectos de la aceptación de la acumulación por el Tribunal requerido.
Artículo 93. Efectos de la no aceptación de la acumulación de procesos por el tribunal requerido.
Artículo 94. Sustanciación de la discrepancia ante el tribunal competente.
Artículo 95. Decisión de la discrepancia.
Artículo 96. Acumulación de más de dos procesos. Requerimientos múltiples de acumulación.
Artículo 97. Prohibición de un segundo incidente de acumulación.
Sección 4.ª De la acumulación de procesos singulares a procesos universales
Artículo 98. Casos en que corresponde la acumulación de procesos singulares a un proceso universal.
TÍTULO IV De la abstención y la recusación
CAPÍTULO I De la abstención y recusación: disposiciones generales
Artículo 99. Ámbito de aplicación de la Ley y principio de legalidad.
Artículo 100. Deber de abstención.
Artículo 101. Legitimación activa para recusar.
CAPÍTULO II De la abstención de Jueces, Magistrados, Letrados de la Administración de Justicia, Fiscales y del personal al servicio de los tribunales civiles
Artículo 102. Abstención de Jueces y Magistrados.
Artículo 103. Abstención de los Letrados de la Administración de Justicia.
Artículo 104. Abstención de los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.
Artículo 105. Abstención de los peritos.
Artículo 106. Abstención de los miembros del Ministerio Fiscal.
CAPÍTULO III De la recusación de Jueces y Magistrados
Artículo 107. Tiempo y forma de proponer la recusación.
Artículo 108. Competencia para instruir los incidentes de recusación.
Artículo 109. Sustanciación del incidente de recusación y efectos de éste en el asunto principal.
Artículo 110. Competencia para decidir el incidente de recusación.
Artículo 111. Especialidades del incidente de recusación en juicios verbales. Otros casos especiales.
Artículo 112. Decisión del incidente, costas y multa.
Artículo 113. Notificación del auto y recursos.
CAPÍTULO IV De la recusación de los Letrados de la Administración de Justicia de los Tribunales civiles
Artículo 114. Regulación aplicable.
Artículo 115. Recusación. Competencia para instruir y resolver los incidentes de recusación.
Artículo 116. Informe del recusado.
Artículo 117. Aceptación de la recusación por el recusado.
Artículo 118. Oposición del recusado y sustanciación de la recusación.
Artículo 119. Sustitución del Letrado de la Administración de Justicia recusado.
CAPÍTULO V De la recusación de los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa, y de Auxilio Judicial
Artículo 120. Legislación aplicable.
Artículo 121. Recusación. Competencia para instruir y resolver el incidente de recusación.
Artículo 122. Inadmisión del escrito de recusación.
Artículo 123. Sustanciación del incidente; aceptación o negativa de la recusación por el recusado.
CAPÍTULO VI De la recusación de los peritos
Artículo 124. Ámbito de la recusación de los peritos.
Artículo 125. Forma de proponer la recusación de los peritos.
Artículo 126. Admisión del escrito de recusación.
Artículo 127. Sustanciación y decisión del incidente de recusación.
TÍTULO V De las actuaciones judiciales
CAPÍTULO I Del lugar de las actuaciones judiciales
Artículo 129. Lugar de las actuaciones judiciales.
CAPÍTULO II Del tiempo de las actuaciones judiciales
Sección 1.ª De los días y horas hábiles
Artículo 130. Días y horas hábiles.
Artículo 131. Habilitación de días y horas inhábiles.
Sección 2.ª De los plazos y los términos
Artículo 132. Plazos y términos.
Artículo 133. Cómputo de los plazos.
Artículo 134. Improrrogabilidad de los plazos.
Artículo 135. Presentación de escritos, a efectos del requisito de tiempo de los actos procesales.
Artículo 136. Preclusión.
CAPÍTULO III De la inmediación, la publicidad y la lengua oficial
Artículo 137. Presencia judicial en declaraciones, pruebas y vistas.
Artículo 138. Publicidad de las actuaciones orales.
Artículo 139. Secreto de las deliberaciones de los tribunales colegiados.
Artículo 140. Información sobre las actuaciones.
Artículo 141. Acceso a libros, archivos y registros judiciales.
Artículo 142. Lengua oficial.
Artículo 143. Intervención de intérpretes.
Artículo 144. Documentos redactados en idioma no oficial.
CAPÍTULO IV De la fe pública judicial y de la documentación de las actuaciones
Artículo 145. Fe pública judicial.
Artículo 146. Documentación de las actuaciones.
Artículo 147. Documentación de las actuaciones mediante sistemas de grabación y reproducción de la imagen y el sonido.
Artículo 148. Formación, custodia y conservación de los autos.
CAPÍTULO V De los actos de comunicación judicial
Artículo 149. Clases de actos de comunicación.
Artículo 150. Notificación de resoluciones y diligencias de ordenación.
Artículo 151. Tiempo de la comunicación.
Artículo 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta.
Artículo 153. Comunicación por medio de procurador.
Artículo 154. Lugar de comunicación de los actos a los procuradores.
Artículo 155. Actos de comunicación con las partes aún no personadas o no representadas por procurador. Domicilio.
Artículo 156. Averiguaciones del tribunal sobre el domicilio.
Artículo 157. Registro Central de Rebeldes Civiles.
Artículo 158. Comunicación mediante entrega.
Artículo 159. Comunicaciones con testigos, peritos y otras personas que no sean parte en el juicio.
Artículo 160. Remisión de las comunicaciones por correo, telegrama u otros medios semejantes.
Artículo 161. Comunicación por medio de copia de la resolución o de cédula.
Artículo 162. Actos de comunicación por medios electrónicos, informáticos y similares.
Artículo 163. Servicio Común Procesal de Actos de Comunicación.
Artículo 164. Comunicación edictal.
Artículo 165. Actos de comunicación mediante auxilio judicial.
Artículo 166. Nulidad y subsanación de los actos de comunicación.
Artículo 167. Remisión de oficios y mandamientos.
Artículo 168. Responsabilidad de los funcionarios y profesionales intervinientes en la comunicación procesal.
CAPÍTULO VI Del auxilio judicial
Artículo 169. Casos en que procede el auxilio judicial.
Artículo 170. Órgano al que corresponde prestar el auxilio judicial.
Artículo 172. Remisión del exhorto.
Artículo 173. Cumplimiento del exhorto.
Artículo 174. Intervención de las partes.
Artículo 175. Devolución del exhorto.
Artículo 176. Falta de diligencia de las partes en el auxilio judicial.
Artículo 177. Cooperación judicial internacional.
CAPÍTULO VII De la sustanciación, vista y decisión de los asuntos
Sección 1.ª Del despacho ordinario
Artículo 178. Dación de cuenta.
Artículo 179. Impulso procesal y suspensión del proceso por acuerdo de las partes.
Artículo 180. Magistrado ponente.
Artículo 181. Funciones del Magistrado ponente.
Sección 2.ª De las vistas y las comparecencias
Artículo 182. Señalamiento de las vistas.
Artículo 183. Solicitud de nuevo señalamiento de vista.
Artículo 184. Tiempo para la celebración de vistas.
Artículo 185. Celebración de las vistas.
Artículo 186. Dirección de los debates.
Artículo 187. Documentación de las vistas.
Artículo 188. Suspensión de las vistas.
Artículo 189. Nuevo señalamiento de las vistas suspendidas.
Artículo 189 bis. De las comparecencias.
Artículo 190. Cambios en el personal juzgador después del señalamiento de vistas y posible recusación.
Artículo 191. Recusación posterior a la vista.
Artículo 192. Efectos de la decisión de la recusación formulada después de la vista.
Artículo 192 bis. Cambio del Letrado de la Administración de Justicia después del señalamiento. Posible recusación.
Artículo 193. Interrupción de las vistas.
Sección 3.ª De las votaciones y fallos de los asuntos
Artículo 194. Jueces y Magistrados a los que corresponde fallar los asuntos.
Artículo 194 bis. Letrados de la Administración de Justicia a los que corresponda resolver.
Artículo 195. Información de los Magistrados sobre el contenido de los autos en tribunales colegiados.
Artículo 196. Deliberación y votación de las resoluciones en tribunales colegiados.
Artículo 197. Forma de la discusión y votación de las resoluciones en los tribunales colegiados.
Artículo 198. Votación de las resoluciones.
Artículo 199. Voto de Magistrados impedidos después de la vista.
Artículo 200. Impedimento del Juez o del Letrado de la Administración de Justicia que hubiere asistido a la vista o comparecencia.
Artículo 201. Mayoría de votos.
Artículo 202. Discordias.
Artículo 203. Redacción de las resoluciones en los tribunales colegiados.
Artículo 204. Firma de las resoluciones.
Artículo 205. Votos particulares.
CAPÍTULO VIII De las resoluciones procesales
Sección 1.ª De las clases, forma y contenido de las resoluciones y del modo de dictarlas, publicarlas y archivarlas
Artículo 206. Clases de resoluciones.
Artículo 207. Resoluciones definitivas. Resoluciones firmes. Cosa juzgada formal.
Artículo 208. Forma de las resoluciones.
Artículo 209. Reglas especiales sobre forma y contenido de las sentencias.
Artículo 210. Resoluciones orales.
Artículo 211. Plazo para dictar las resoluciones judiciales.
Artículo 212. Publicación y archivo de las sentencias.
Artículo 213. Libro de sentencias.
Artículo 213 bis. Libro de decretos.
Artículo 214. Invariabilidad de las resoluciones. Aclaración y corrección.
Artículo 215. Subsanación y complemento de sentencias y autos defectuosos o incompletos.
Sección 2.ª De los requisitos internos de la sentencia y de sus efectos
Artículo 216. Principio de justicia rogada.
Artículo 217. Carga de la prueba.
Artículo 218. Exhaustividad y congruencia de las sentencias. Motivación.
Artículo 219. Sentencias con reserva de liquidación.
Artículo 220. Condenas a futuro.
Artículo 221. Sentencias dictadas en procesos promovidos por asociaciones de consumidores o usuarios.
Artículo 222. Cosa juzgada material.
Sección 3.ª De las diligencias de ordenación
Artículo 223. Diligencias de ordenación.
Artículo 224. Revisión de las diligencias de ordenación.
CAPÍTULO IX De la nulidad de las actuaciones
Artículo 225. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 226. Modo de proceder en caso de intimidación o violencia.
Artículo 227. Declaración de nulidad y pretensiones de anulación de actuaciones procesales.
Artículo 228. Incidente excepcional de nulidad de actuaciones.
Artículo 229. Actuaciones judiciales realizadas fuera del tiempo establecido.
Artículo 230. Conservación de los actos.
Artículo 231. Subsanación.
CAPÍTULO X De la reconstrucción de los autos
Artículo 232. Competencia e intervención del Ministerio Fiscal.
Artículo 233. Inicio del expediente de reconstrucción de actuaciones.
Artículo 234. Citación a comparecencia de las partes. Efectos de su inasistencia.
Artículo 235. Inicio de la comparecencia. Inexistencia de controversia. Prueba y decisión.
TÍTULO VI De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de la instancia
Artículo 236. Impulso del procedimiento por las partes y caducidad.
Artículo 237. Caducidad de la instancia.
Artículo 238. Exclusión de la caducidad por fuerza mayor o contra la voluntad de las partes.
Artículo 239. Exclusión de la caducidad de la instancia en la ejecución.
Artículo 240. Efectos de la caducidad de la instancia.
TÍTULO VII De la tasación de costas
Artículo 241. Pago de las costas y gastos del proceso.
Artículo 242. Solicitud de tasación de costas.
Artículo 243. Práctica de la tasación de costas.
Artículo 244. Traslado a las partes. Aprobación.
Artículo 245. Impugnación de la tasación de costas.
Artículo 246. Tramitación y decisión de la impugnación.
TÍTULO VIII De la buena fe procesal
Artículo 247. Respeto a las reglas de la buena fe procesal. Multas por su incumplimiento.
LIBRO II De los procesos declarativos
TÍTULO I De las disposiciones comunes a los procesos declarativos
CAPÍTULO I De las reglas para determinar el proceso correspondiente
Artículo 248. Clases de procesos declarativos.
Artículo 249. Ámbito del juicio ordinario.
Artículo 250. Ámbito del juicio verbal.
Artículo 251. Reglas de determinación de la cuantía.
Artículo 252. Reglas especiales en casos de procesos con pluralidad de objetos o de partes.
Artículo 253. Expresión de la cuantía en la demanda.
Artículo 254. Control de oficio de la clase de juicio por razón de la cuantía.
Artículo 255. Impugnación de la cuantía y de la clase de juicio por razón de la cuantía.
CAPÍTULO II De las diligencias preliminares
Artículo 256. Clases de diligencias preliminares y su solicitud.
Artículo 257. Competencia.
Artículo 258. Decisión sobre las diligencias preliminares y recurso.
Artículo 259. Citación para la práctica de diligencias preliminares.
Artículo 260. Oposición a la práctica de diligencias preliminares. Efectos de la decisión.
Artículo 261. Negativa a llevar a cabo las diligencias.
Artículo 262. Decisión sobre aplicación de la caución.
Artículo 263. Diligencias preliminares previstas en leyes especiales.
CAPÍTULO III De la presentación de documentos, dictámenes, informes y otros medios e instrumentos
Artículo 264. Documentos procesales.
Artículo 265. Documentos y otros escritos y objetos relativos al fondo del asunto.
Artículo 266. Documentos exigidos en casos especiales.
Artículo 267. Forma de presentación de los documentos públicos.
Artículo 268. Forma de presentación de los documentos privados.
Artículo 269. Consecuencias de la falta de presentación inicial. Casos especiales.
Artículo 270. Presentación de documentos en momento no inicial del proceso.
Artículo 271. Preclusión definitiva de la presentación y excepciones a la regla.
Artículo 272. Inadmisión de documento presentado injustificadamente en momento no inicial del proceso.
CAPÍTULO IV De las copias de los escritos y documentos y su traslado
Artículo 273. Forma de presentación de los escritos y documentos.
Artículo 274. Traslado por la oficina judicial de las copias a las otras partes interesadas, cuando no intervengan procuradores.
Artículo 275. Efectos de la no presentación de copias.
Artículo 276. Traslado de copias de escritos y documentos cuando intervenga procurador.
Artículo 277. Efectos de la omisión del traslado mediante procurador.
Artículo 278. Efectos del traslado respecto del curso y cómputo de plazos.
Artículo 279. Función de las copias.
Artículo 280. Denuncia de inexactitud de una copia y efectos.
CAPÍTULO V De la prueba: disposiciones generales
Sección 1.ª Del objeto, necesidad e iniciativa de la prueba
Artículo 281. Objeto y necesidad de la prueba.
Artículo 282. Iniciativa de la actividad probatoria.
Artículo 283. Impertinencia o inutilidad de la actividad probatoria.
Sección 1.ª bis. Del acceso a las fuentes de prueba en procedimientos de reclamación de daños por infracción del derecho de la competencia
Artículo 283 bis a). Exhibición de las pruebas en procesos para el ejercicio de acciones por daños derivados de infracciones del Derecho de la competencia.
Artículo 283 bis b). Reglas sobre confidencialidad.
Artículo 283 bis c). Gastos y caución.
Artículo 283 bis d). Competencia.
Artículo 283 bis e). Momento para la solicitud de medidas de acceso a fuentes de prueba.
Artículo 283 bis f). Procedimiento.
Artículo 283 bis g). Ejecución de la medida de acceso a fuentes de prueba.
Artículo 283 bis h). Consecuencias de la obstrucción a la práctica de las medidas de acceso a fuentes de prueba.
Artículo 283 bis i). Exhibición de las pruebas contenidas en un expediente de una autoridad de la competencia.
Artículo 283 bis j). Límites impuestos al uso de pruebas obtenidas exclusivamente a través del acceso al expediente de una autoridad de la competencia.
Artículo 283 bis k). Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y uso de las fuentes de prueba.
Sección 2.ª De la proposición y admisión
Artículo 284. Forma de proposición de la prueba.
Artículo 285. Resolución sobre la admisibilidad de las pruebas propuestas.
Artículo 286. Hechos nuevos o de nueva noticia. Prueba.
Artículo 287. Ilicitud de la prueba.
Artículo 288. Sanciones por no ejecución de la prueba en el tiempo previsto.
Sección 3.ª De otras disposiciones generales sobre la práctica de la prueba
Artículo 289. Forma de practicarse las pruebas.
Artículo 290. Señalamiento para actos de prueba que se practiquen separadamente.
Artículo 291. Citación y posible intervención de las partes en la práctica de las pruebas fuera del juicio.
Artículo 292. Obligatoriedad de comparecer a la audiencia. Multas.
Sección 4.ª De la anticipación y el aseguramiento de la prueba
Artículo 293. Casos y causas de anticipación de la prueba. Competencia.
Artículo 294. Proposición de prueba anticipada, admisión, tiempo y recursos.
Artículo 295. Práctica contradictoria de la prueba anticipada.
Artículo 296. Custodia de los materiales de las actuaciones de prueba anticipada.
Artículo 297. Medidas de aseguramiento de la prueba.
Artículo 298. Requisitos. Procedimiento para la adopción de las medidas de aseguramiento de la prueba. Contracautelas.
CAPÍTULO VI De los medios de prueba y las presunciones
Artículo 299. Medios de prueba.
Artículo 300. Orden de práctica de los medios de prueba.
Sección 1.ª Del interrogatorio de las partes
Artículo 301. Concepto y sujetos del interrogatorio de las partes.
Artículo 302. Contenido del interrogatorio y admisión de las preguntas.
Artículo 303. Impugnación de las preguntas que se formulen.
Artículo 304. Incomparecencia y admisión tácita de los hechos.
Artículo 305. Modo de responder al interrogatorio.
Artículo 306. Facultades del tribunal e intervención de abogados. Interrogatorio cruzado.
Artículo 307. Negativa a declarar, respuestas evasivas o inconcluyentes y admisión de hechos personales.
Artículo 308. Declaración sobre hechos no personales del interrogado.
Artículo 309. Interrogatorio de persona jurídica o de entidad sin personalidad jurídica.
Artículo 310. Incomunicación de declarantes.
Artículo 311. Interrogatorio domiciliario.
Artículo 312. Constancia en acta del interrogatorio domiciliario.
Artículo 313. Interrogatorio domiciliario por vía de auxilio judicial.
Artículo 314. Prohibición de reiterar el interrogatorio de las partes.
Artículo 315. Interrogatorio en casos especiales.
Artículo 316. Valoración del interrogatorio de las partes.
Sección 2.ª De los documentos públicos
Artículo 317. Clases de documentos públicos.
Artículo 318. Modo de producción de la prueba por documentos públicos.
Artículo 319. Fuerza probatoria de los documentos públicos.
Artículo 320. Impugnación del valor probatorio del documento público. Cotejo o comprobación.
Artículo 321. Testimonio o certificación incompletos.
Artículo 322. Documentos públicos no susceptibles de cotejo o comprobación.
Artículo 323. Documentos públicos extranjeros.
Sección 3.ª De los documentos privados
Artículo 324. Clases de documentos privados.
Artículo 325. Modo de producción de la prueba.
Artículo 326. Fuerza probatoria de los documentos privados.
Artículo 327. Libros de los comerciantes.
Sección 4.ª De las disposiciones comunes a las dos secciones anteriores
Artículo 328. Deber de exhibición documental entre partes.
Artículo 329. Efectos de la negativa a la exhibición.
Artículo 330. Exhibición de documentos por terceros.
Artículo 331. Testimonio de documentos exhibidos.
Artículo 332. Deber de exhibición de entidades oficiales.
Artículo 333. Extracción de copias de documentos que no sean textos escritos.
Artículo 334. Valor probatorio de las copias reprográficas y cotejo.
Sección 5.ª Del dictamen de peritos
Artículo 335. Objeto y finalidad del dictamen de peritos. Juramento o promesa de actuar con objetividad.
Artículo 336. Aportación con la demanda y la contestación de dictámenes elaborados por peritos designados por las partes.
Artículo 337. Anuncio de dictámenes cuando no se puedan aportar con la demanda o con la contestación. Aportación posterior.
Artículo 338. Aportación de dictámenes en función de actuaciones procesales posteriores a la demanda. Solicitud de intervención de los peritos en el juicio o vista.
Artículo 339. Solicitud de designación de peritos por el tribunal y resolución judicial sobre dicha solicitud. Designación de peritos por el tribunal, sin instancia de parte.
Artículo 340. Condiciones de los peritos.
Artículo 341. Procedimiento para la designación judicial de perito.
Artículo 342. Llamamiento al perito designado, aceptación y nombramiento. Provisión de fondos.
Artículo 343. Tachas de los peritos. Tiempo y forma de las tachas.
Artículo 344. Contradicción y valoración de la tacha. Sanción en caso de tacha temeraria o desleal.
Artículo 345. Operaciones periciales y posible intervención de las partes en ellas.
Artículo 346. Emisión y ratificación del dictamen por el perito que el tribunal designe.
Artículo 347. Posible actuación de los peritos en el juicio o en la vista.
Artículo 348. Valoración del dictamen pericial.
Artículo 349. Cotejo de letras.
Artículo 350. Documentos indubitados o cuerpo de escritura para el cotejo.
Artículo 351. Producción y valoración del dictamen sobre el cotejo de letras.
Artículo 352. Otros dictámenes periciales instrumentales de pruebas distintas.
Sección 6.ª Del reconocimiento judicial
Artículo 353. Objeto y finalidad del reconocimiento judicial e iniciativa para acordarlo.
Artículo 354. Realización del reconocimiento judicial e intervención de las partes y de personas entendidas.
Artículo 355. Reconocimiento de personas.
Artículo 356. Concurrencia del reconocimiento judicial y el pericial.
Artículo 357. Concurrencia del reconocimiento judicial y la prueba por testigos.
Artículo 358. Acta del reconocimiento judicial.
Artículo 359. Empleo de medios técnicos de constancia del reconocimiento judicial.
Sección 7.ª Del interrogatorio de testigos
Artículo 360. Contenido de la prueba.
Artículo 361. Idoneidad para ser testigos.
Artículo 362. Designación de los testigos.
Artículo 363. Limitación del número de testigos.
Artículo 364. Declaración domiciliaria del testigo.
Artículo 365. Juramento o promesa de los testigos.
Artículo 366. Modo de declarar los testigos.
Artículo 367. Preguntas generales al testigo.
Artículo 368. Contenido y admisibilidad de las preguntas que se formulen.
Artículo 369. Impugnación de la admisión de las preguntas y protesta contra su inadmisión.
Artículo 370. Examen del testigo sobre las preguntas admitidas. Testigo-perito.
Artículo 371. Testigos con deber de guardar secreto.
Artículo 372. Intervención de las partes en el interrogatorio y ampliación de éste.
Artículo 373. Careo entre testigos y entre éstos y las partes.
Artículo 374. Modo de consignar las declaraciones testificales.
Artículo 375. Indemnizaciones a los testigos.
Artículo 376. Valoración de las declaraciones de testigos.
Artículo 377. Tachas de los testigos.
Artículo 378. Tiempo de las tachas.
Artículo 379. Prueba y oposición sobre las tachas.
Artículo 380. Interrogatorio acerca de los hechos que consten en informes escritos.
Artículo 381. Respuestas escritas a cargo de personas jurídicas y entidades públicas.
Sección 8.ª De la reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso
Artículo 382. Instrumentos de filmación, grabación y semejantes. Valor probatorio.
Artículo 383. Acta de la reproducción y custodia de los correspondientes materiales.
Artículo 384. De los instrumentos que permitan archivar, conocer o reproducir datos relevantes para el proceso.
Sección 9.ª De las presunciones
Artículo 385. Presunciones legales.
Artículo 386. Presunciones judiciales.
CAPÍTULO VII De las cuestiones incidentales
Artículo 387. Concepto de cuestiones incidentales.
Artículo 388. Norma general sobre procedimiento.
Artículo 389. Cuestiones incidentales de especial pronunciamiento.
Artículo 390. Cuestiones incidentales de previo pronunciamiento. Suspensión del curso de la demanda.
Artículo 391. Cuestiones de previo pronunciamiento. Casos.
Artículo 392. Planteamiento de las cuestiones incidentales. Inadmisión de las que no sean tales.
Artículo 393. Admisión, sustanciación y decisión de las cuestiones incidentales.
CAPÍTULO VIII De la condena en costas
Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia.
Artículo 395. Condena en costas en caso de allanamiento.
Artículo 396. Condena en costas cuando el proceso termine por desistimiento.
Artículo 397. Apelación en materia de costas.
Artículo 398. Costas en apelación, recurso extraordinario por infracción procesal y casación.
TÍTULO II Del juicio ordinario
CAPÍTULO I De las alegaciones iniciales
Sección 1.ª De la demanda y su objeto
Artículo 399. La demanda y su contenido.
Artículo 400. Preclusión de la alegación de hechos y fundamentos jurídicos.
Artículo 401. Momento preclusivo de la acumulación de acciones. Ampliación objetiva y subjetiva de la demanda.
Artículo 402. Oposición a la acumulación de acciones.
Artículo 403. Admisión y casos excepcionales de inadmisión de la demanda.
Artículo 404. Admisión de la demanda, emplazamiento al demandado y plazo para la contestación.
Sección 2.ª De la contestación a la demanda y la reconvención
Artículo 405. Contestación y forma de la contestación a la demanda.
Artículo 406. Contenido y forma de la reconvención. Inadmisibilidad de la reconvención no conexa con la demanda y de la reconvención implícita.
Artículo 407. Destinatarios de la demanda reconvencional. Contestación a la reconvención.
Artículo 408. Tratamiento procesal de la alegación de compensación y de la nulidad del negocio jurídico en que se funde la demanda. Cosa juzgada.
Artículo 409. Sustanciación y decisión de las pretensiones de la contestación y la reconvención.
Sección 3.ª De los efectos de la pendencia del proceso
Artículo 410. Comienzo de la litispendencia.
Artículo 411. Perpetuación de la jurisdicción.
Artículo 412. Prohibición del cambio de demanda y modificaciones admisibles.
Artículo 413. Influencia del cambio de circunstancias en la sentencia sobre el fondo. Satisfacción extraprocesal. Pérdida de interés legítimo.
CAPÍTULO II De la audiencia previa al juicio
Artículo 414. Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia.
Artículo 415. Intento de conciliación o transacción. Sobreseimiento por desistimiento bilateral. Homologación y eficacia del acuerdo.
Artículo 416. Examen y resolución de cuestiones procesales, con exclusión de las relativas a jurisdicción y competencia.
Artículo 417. Orden de examen de las cuestiones procesales y resolución sobre ellas.
Artículo 418. Defectos de capacidad o representación. Efectos de su no subsanación o corrección. Declaración de rebeldía.
Artículo 419. Admisión de la acumulación de acciones.
Artículo 420. Posible integración voluntaria de la litis. Resolución en casos controvertidos de litisconsorcio necesario.
Artículo 421. Resolución en casos de litispendencia o cosa juzgada.
Artículo 422. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la cuantía.
Artículo 423. Resolución en casos de inadecuación de procedimiento por razón de la materia.
Artículo 424. Actividad y resolución en caso de demanda defectuosa.
Artículo 425. Decisión judicial en casos de circunstancias procesales análogas a las expresamente previstas.
Artículo 426. Alegaciones complementarias y aclaratorias. Pretensiones complementarias. Hechos acaecidos o conocidos con posterioridad a la demanda y la contestación. Presentación de documentos sobre dichos extremos.
Artículo 427. Posición de las partes ante los documentos y dictámenes presentados.
Artículo 428. Fijación de los hechos controvertidos y posible sentencia inmediata.
Artículo 429. Proposición y admisión de la prueba. Señalamiento del juicio.
Artículo 430. Solicitud de nuevo señalamiento del juicio.
Artículo 431. Finalidad del juicio.
Artículo 432. Comparecencia e incomparecencia de las partes.
Artículo 433. Desarrollo del acto del juicio.
CAPÍTULO IV De la sentencia
Artículo 435. Diligencias finales. Procedencia.
Artículo 436. Plazo para la práctica de las diligencias finales. Sentencia posterior.
TÍTULO III Del juicio verbal
Artículo 437. Forma de la demanda. Acumulación objetiva y subjetiva de acciones.
Artículo 438. Admisión de la demanda y contestación. Reconvención.
Artículo 439. Inadmisión de la demanda en casos especiales.
Artículo 440. Citación para la vista.
Artículo 441. Casos especiales en la tramitación inicial del juicio verbal.
Artículo 442. Inasistencia de las partes a la vista.
Artículo 443. Desarrollo de la vista.
Artículo 444. Reglas especiales sobre contenido de la vista.
Artículo 445. Prueba y presunciones en los juicios verbales.
Artículo 446. Resoluciones sobre la prueba y recursos.
Artículo 447. Sentencia. Ausencia de cosa juzgada en casos especiales.
TÍTULO IV De los recursos
CAPÍTULO I De los recursos: disposiciones generales
Artículo 448. Del derecho a recurrir.
Artículo 449. Derecho a recurrir en casos especiales.
Artículo 450. Del desistimiento de los recursos.
CAPÍTULO II De los recursos de reposición y revisión
Artículo 451. Resoluciones recurribles en reposición. Inexistencia de efectos suspensivos.
Artículo 452. Plazo, forma e inadmisión del recurso de reposición.
Artículo 453. De la audiencia a las partes recurridas y de la resolución.
Artículo 454. Irrecurribilidad del auto que resuelve la reposición contra resoluciones judiciales.
Artículo 454 bis. Recurso de revisión.
CAPÍTULO III Del recurso de apelación y de la segunda instancia
Sección 1.ª Del recurso de apelación y de la segunda instancia: disposiciones generales
Artículo 455. Resoluciones recurribles en apelación. Competencia y tramitación preferente.
Artículo 456. Ámbito y efectos del recurso de apelación.
Sección 2.ª De la sustanciación de la apelación
Artículo 457. Preparación de la apelación.
Artículo 458. Interposición del recurso.
Artículo 459. Apelación por infracción de normas o garantías procesales.
Artículo 460. Documentos que pueden acompañarse al escrito de interposición. Solicitud de pruebas.
Artículo 461. Traslado del escrito de interposición a la parte apelada. Oposición al recurso e impugnación de la sentencia.
Artículo 462. Competencia del tribunal de la primera instancia durante la apelación.
Artículo 463. Remisión de los autos.
Artículo 464. Admisión de pruebas y señalamiento de vista.
Artículo 465. Resolución de la apelación.
Artículo 466. Recursos contra la sentencia de segunda instancia.
Artículo 467. Recurso de casación contra sentencias dictadas por las Audiencias Provinciales tras estimarse recurso extraordinario por infracción procesal.
CAPÍTULO IV Del recurso extraordinario por infracción procesal
Artículo 468. Órgano competente y resoluciones recurribles.
Artículo 469. Motivos. Denuncia previa en la instancia.
Artículo 470. Interposición del recurso.
Artículo 471. Contenido del escrito de interposición del recurso.
Artículo 472. Remisión de los autos.