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Impuestos
Operacion de aval de una deuda hipotecaria
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos
- Número: 4697
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: Aval, DEUDA TRIBUTARIA, RETENCIÓN FISCAL
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
1. Contrato de compraventa de bien inmueble. Precio condicionado a la superficie de la finca. Reclamación de cantidad. |
2. Contrato de préstamo. Cancelación de aval bancario y pignoración de préstamo. |
3. Impuestos de Sociedades. Solicitud de aval bancario para suspender la liquidación ante la A.E.A.T. Extensión de los efectos del aval hasta la jurisdicción económica-administrativa. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Solución propuesta.
Madrid, 27-08-2010
Referente a la tributación (o no) de una operación de afianzamiento (aval) de una deuda hipotecaria.
Todas las sociedades mencionadas son sociedades limitadas de nacionalidad española. La sociedad P vende a la sociedad V unos inmuebles. En la escritura de compraventa, V se subroga en un crédito hipotecario que la entidad P tiene concertado con “LA CAIXA”. En el mismo acto, la sociedad C presta afianzamiento (aval) a la deuda en la cual se subroga la sociedad V. Todas las sociedades son sujetos pasivos del IVA.
¿Debe tributar la operación de afianzamiento por TPO en este caso?
Entiendo que esta operación está sujeta únicamente a IVA, pero que está exenta. ¿Pueden confirmar este extremo ?
Todas las sociedades mencionadas son sociedades limitadas de nacionalidad española. La sociedad P vende a la sociedad V unos inmuebles. En la escritura de compraventa, V se subroga en un crédito hipotecario que la entidad P tiene concertado con “LA CAIXA”. En el mismo acto, la sociedad C presta afianzamiento (aval) a la deuda en la cual se subroga la sociedad V. Todas las sociedades son sujetos pasivos del IVA.
¿Debe tributar la operación de afianzamiento por TPO en este caso?
Entiendo que esta operación está sujeta únicamente a IVA, pero que está exenta. ¿Pueden confirmar este extremo ?
Solución propuesta.
La Ley 2/1994 estableció la exención del Impuesto en su modalidad de actos jurídicos documentados para las operaciones de subrogación hipotecaria. En cuanto a la concreta operación de afianzamiento entiendo que tampoco está sujeta a la modalidad de actos jurídicos documentados puesto que se trata de un acto jurídico que no va a ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad.
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