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Contrato de arrendamiento de servicios
Contrato de prestación de servicios de una persona física para un programa de televisión.
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento de servicios
- Número: 4523
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: Cláusula penal, CONTRATO CIVIL , PROPIEDAD INTELECTUAL
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
Descripción:
1. Contrato de cesión de derechos de imagen de un trabajador a su empleador para campaña publicitaria. |
2. Demanda de juicio declarativo ordinario. Reclamación de cantidad en concepto de responsabilidad civil contractual. Comentarios lesivos para el derecho al honor e intimidad en programa televisivo. |
3. Demanda de juicio declarativo ordinario por vulneración del derecho al honor, intimidad personal y familiar. Programa de televisión en prime time. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
El presente contrato se celebra entre Doña Margarita y la compañía OX (productora de un programa de televisión nocturno en colaboración con una cadena de televisión). El contrato establece el la fecha y el momento en que Doña Margarita participará en el programa, estableciendo las obligaciones de Doña Margarita, cediendo su imagen a la compañía productora para su utilización en el territorio español y pudiéndose ceder éstos a la cadena televisiva. Se incluye una cláusula penal como indemnización a la compañía productora en caso de que Doña Margarita no se presente de forma injustificada. La contraprestación es el pago de 36.000 euros a Doña Margarita.
Solución propuesta.
Madrid, 07-06-2005
El presente contrato se celebra entre Doña Margarita y la compañía OX (productora de un programa de televisión nocturno en colaboración con una cadena de televisión). El contrato establece el la fecha y el momento en que Doña Margarita participará en el programa, estableciendo las obligaciones de Doña Margarita, cediendo su imagen a la compañía productora para su utilización en el territorio español y pudiéndose ceder éstos a la cadena televisiva. Se incluye una cláusula penal como indemnización a la compañía productora en caso de que Doña Margarita no se presente de forma injustificada. La contraprestación es el pago de 36.000 euros a Doña Margarita.
Solución propuesta.
- El abogado estudia el contrato enviado por la compañía OX (productora del prgrama de televisión) y analiza los posibles riesgos en relación a la cesión de derechos de imagen así como lel detalle del contrato en cuanto a las preguntas que debe responder Doña Margarita.
- Decide incluir limitaciones territoriales a la utlización y a la cesión de los derechos de imagen así como limitciones en cuanto a la temática de las preguntas durante la entrevista y una limitación temporal de la entrevista.
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