• Fecha de resolución del caso: 27/07/2020
  • Número: 11423
  • Materia:
  • Especialidad:
  • Tipo de caso:
  • Voces: ABSOLUCIÓN, CALIFICACIÓN URBANÍSTICA, COMPETENCIA DESLEAL, Cooperativas de Viviendas, ESTAFA, Principios del Derecho Penal, Responsabilidad penal de las personas jurídicas

Documentos originales presentados

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EL CASO

Supuesto de hecho.

Con fecha de 21 de Enero del año 2005, se formaliza un contrato entre una entidad gestora, firmando por la misma su administrador único Don Alfredo Sánchez y como la otra parte del contrato, firmando como sociedad cooperativa, Don Juan Contreras.

La parte demandante, la cooperativa Juan, S.L contrata los servicios de la sociedad gestora, Floor S.L con el objetivo de que se encargara de la gestión de la cooperativa. La sociedad gestora recibe a su vez facultades para llevar la contabilidad y la gestión financiera de la sociedad cooperativa, otorgándole la administración de la sociedad.Las funciones principales de Floor S.L consisten en la compra de terrenos para la sociedad contratante, entre otras.

La sociedad cooperativa empieza a notar irregularidades y muchos de los socios cooperativistas se dan de baja, lo que presupuso una gran pérdida de dinero para la cooperativa. 

La cooperativa tras encontrarse en estado de liquidación y pagando el terreno actualmente como terreno urbano, reclama que siguen sin edificarse ni una sola vivienda  de las prometidas por el acusado . Denuncia la cooperativa al acusado por estafa y apropiación de dinero. 

 

Objetivo. Cuestión planteada.

La estrategia. Solución propuesta.

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