Contrato de arrendamiento. Devolución de la fianza.

  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento urbano / Contratos celebrados con la LAU de 1994
  • Número: 456
  • Tipo de caso: Consulta
  • Voces: ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, FIANZA

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CONSULTA

Supuesto de hecho. Cuestión planteada.

Barcelona, 08-08-2008

Los clientes, arrendatarios de una vivienda, depositaron 1.022 € en concepto de fianza legal. Una vez cumplidos los 5 años de contrato, el propietario comunica a los inquilinos que no devolverá la totalidad de la fianza, pues pretende descontar la cantidad equivalente a pintar determinadas paredes cuya pintura se ha desgastado. El propietario presenta unas facturas y dice que sólo devolverá 130 €. ¿Es esto legal?

Solución propuesta.

El arrendador no puede apropiarse del dinero de la fianza por el mero hecho de que la pintura esté desgastada por el uso de la vivienda. Cuesión distinta sería que se hubiera pintado una habitación de color negro y ésta se tuviera que repintar. Se recomienda que se reclame al propietario formalmente la fianza y en caso de negarse a su devolución, acudan a un abogado para reclamarla judicialmente.
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