|
||||
---|---|---|---|---|
Otros temas fiscales
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Otros temas fiscales
- Número: 4469
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: CONTRATOS BANCARIOS, IMPUESTO DE SOCIEDADES, RETENCIÓN FISCAL
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
1. Reclamación de cantidad como consecuencia del derecho de separación de una asociación |
2. Procedimiento monitorio por incumplimiento del demandado de sus obligaciones de pago derivados de un contrato de cuenta corriente con entidad de crédito. Terminación del procedimiento por satisfacción extraprocesal. |
2.-¿que impuestos trimestrales está obligada a presentar, si es que está obligada?, teniendo en cuenta que va a tener personal con nóminas y va a emitir y recibir facturas ¿debe presentar Mod. 303 trimestral?
3.- ¿En qué régimen fiscal debemos darla de alta?
4.-si se le emiten facturas a profesionales ¿está obligada la asociación a emitir la factura con el 15% de retención?.
5.-¿qué más obligaciones fiscales tiene?
Solución propuesta.
1.-El CIF definitivo debe solicitarse una vez los estatutos ya se han inscrito en el Registro de Asociaciones correspondiente.
2.- Si dispone de personal asalariado deberá presentar el Modelo 111 y si emite facturas con IVA el Modelo 303; si dispone de un local alquilado con el alquiler sujeto a retención deberá además presentar el Modelo 115. También deberá presentar los modelos de resúmenes anuales correspondientes y Modelo 347.
Dado que emite facturas con IVA entendemos que la asociación realiza una actividad económica concreta, por lo que también estará obligada a presentar el impuesto sobre sociedades.
3.- Régimen fiscal de las entidades parcialmente exentas. En el supuesto de que la asociación sea declarada de utilidad pública podrá optar al régimen fiscal de la Ley 49/2.002.
4.- Si la asociación RECIBE facturas de profesionales, estará obligada a retenerles el 15% e ingresarlo en Hacienda con el Modelo 111.
5.- Si la asociación realiza una actividad económica tendrá las mismas obligaciones fiscales que cualquier entidad mercantil