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Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
Doble imposición. Adquisición de viviendas en el extranjero para arrendar.
- Materia: Derecho Fiscal y Tributario
- Especialidad: / Derecho Fiscal y Tributario / Impuestos / Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
- Número: 444
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: DEDUCCIÓN PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL, DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL, IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
SUMARIO
- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO
- EL CASO
- PROCEDIMIENTO JUDICIAL
- Partes
- Peticiones Realizadas
- Argumentos
- Normas y Artículos relacionados
- Documental aportada
- Prueba
- Resolución judicial
- JURISPRUDENCIA
- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS
- BIBLIOTECA
- Libros
- Artículos jurídicos
- CASOS RELACIONADOS
1. Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. Deducción por doble imposición interna de dividendos. |
2. Reivindicación de inmueble por inexistencia de actos jurídicos y nulidad de escrituras públicas de mandato y compraventa. |
3. Contrato de Servicios Transitarios, Aduanales y Transportación para la Importación de Mercancías. Demanda por incumplimiento de obligación contractual e indemnización por daños. |
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Solución propuesta.
Barcelona, 06-08-2008
El cliente tiene dudas sobre doble imposición. Desea saber:
1) Qué trámites con la Administracion española debe realizar.
2) Qué tratamiento fiscal tendría la compra de un apartamento en el extranjero (concretamente, considera dos opciones,Tailandia y Brasil, y su intención es alquilar estos apartamentos).
El cliente entiende que las rentas obtenidas de los arrendamientos tributarían en su país de origen, pero quiere saber si tendría que declarar algo a la Administración Tributaria española, ya sea en el momento de la compra, durante la percepción de los alquileres o en el momento de la venta.
1) Qué trámites con la Administracion española debe realizar.
2) Qué tratamiento fiscal tendría la compra de un apartamento en el extranjero (concretamente, considera dos opciones,Tailandia y Brasil, y su intención es alquilar estos apartamentos).
El cliente entiende que las rentas obtenidas de los arrendamientos tributarían en su país de origen, pero quiere saber si tendría que declarar algo a la Administración Tributaria española, ya sea en el momento de la compra, durante la percepción de los alquileres o en el momento de la venta.
Solución propuesta.
Los rendimientos obtenidos por el arrendamiento, en principio, tributan en España. En el caso de la compraventa, si en el país extranjero ya existe un impuesto que la grave, estará exento en España para evitar la doble imposición.
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