

Comunidad de propietarios. Cuota de participación. Responsabilidad por daños.
DOCUMENTOS ORIGINALES FIRMADOS POR EL CLIENTE
Los documentos reales de este caso no están disponibles temporalmente.Quizá le puedan interesar los siguientes casos:
CONSULTA
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
Barcelona, 04-08-2008
El cliente es el nuevo presidente de la comunidad de propietarios de su finca. Además, tiene una cuota de participación del 20% según escrituras. Ahora están pagando un 10%.Solución propuesta.
Se informa al cliente de que hay que tener en cuenta los estatutos de la finca. En caso de no existir estatutos, los locales pueden estar exentos de determinados gastos como, por ejemplo, gastos de portal (limpieza, mantenimiento de ascensor, consumo eléctrico, etc.). Pero sí han de contribuir en los gastos generales, como puede ser seguro del edificio, administración, reparaciones generales, etc., y han de hacerlo en proporción a su cuota de participacion.