Propiedad horizontal

Deudas con la comunidad de propietarios. Allanamiento


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 13-01-2016
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Propiedad horizontal
  • Número: 8924
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ALLANAMIENTO A LA DEMANDA, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, Conflicto de intereses, Ejecución de sentencias, Intereses de demora, IRRETROACTIVIDAD DE LAS NORMAS, JUICIO MONITORIO, Junta de propietarios, Proceso monitorio, Propiedad horizontal, PROPIEDAD HORIZONTAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 01-11-2011

El presente caso gira en torno a unas deudas en relación a una plaza de garaje y otras deudas comunitarias entre Juan y su comunidad de propietarios: Paraíso 13.

Juan adquiere una vivienda en dicha comunidad junto con su plaza de garaje correspondiente en noviembre de 2011, año en el cual es requerido extrajudicialmente por la no contribución a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades que vienen adeudándose desde 2008.

En la Junta de Propietarios se aprueba la liquidación de sus deudas fijándolas en 2647 €. Entre 2012 y 2015 Juan satisface 1587 € de la cantidad debida y, al no pagar en los meses siguientes, en 2015 la comunidad de propietarios interpone demanda monitoria exigiéndole el abono de los 1.060 € restantes.

Juan se opone tajantemente al señalar que, únicamente se le pueden exigir 499 € ya que el resto de la deuda relativa a 2008 y 2009 no le corresponde a él porque, en la fecha de la compra de vivienda, aún no estaba en vigor la redacción dada a la ley de propiedad horizontal por la Ley 8/2013 de forma que únicamente se le podía exigir -aparte de las deudas devengadas a partir de noviembre de 2011- las de la anualidad anterior.

No obstante, Paraíso 13 no cambia de parecer y sigue exigiendo la cantidad adeudada a partir de 2008. Por esta razón, al oponerse Juan a la demanda, el procedimiento monitorio llega a su fin convirtiéndose en juicio verbal.

Ahora bien, sin perjuicio de la oposición al monitorio, al recibir la citación de la vista de este juicio, Juan solicita allanarse a las pretensiones de la demandada poniéndose de este modo fin al procedimiento judicial.

No obstante, sin perjuicio de la existencia de una sentencia de enero de 2016 que acepta el allanamiento y que ordena a Juan la satisfacción de los 1.060 € adeudados junto con los intereses legales pertinentes, ocurre que en marzo de 2016 la cantidad aún no ha sido abonada por lo que los vecinos de Paraíso 13 interponen DEMANDA DE EJECUCIÓN de sentencia.

 



Objetivo. Cuestión planteada.

Los vecinos de Paraíso 13 quieren ver satisfechas las cantidades vencidas y exigibles que se les vienen adeudando desde 2008 por parte de uno de sus propietarios.



La estrategia. Solución propuesta.

El abogado en este caso se sirve principalmente de documentos bancarios y recibos para demostrar que las deudas reclamadas han sido liquidadas en Junta y son legalmente exigibles y están vencidas siendo imputables al propietario con el que versa la controversia.



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