

Contrato de Arras. Acuerdo de compraventa de una finca ocupada en arrendamiento, con cargas y gravámenes.
DESCRIPCIÓN
Documentos originales presentados
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EL CASO
Supuesto de hecho.
MAQUINISTA, S.L. es dueña de pleno dominio de una finca urbana en Barcelona, la cual se encuentra ocupada en arrendamiento por don Pedro.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es EMPORIO, S.L. y su objetivo es adquirir la finca puesta en venta y así aumentar el número de propiedades de que dispone en dicha localidad. Por ello, suscribe un contrato de arras con el que se obligan las partes a llevar a cabo la compraventa de la finca.La estrategia. Solución propuesta.
El letrado procede a redactar el contrato de arras, en el cual expone lo establecido en nuestro ordenamiento jurídico, concretamente en el Código Civil en su articulo 1.454, a cuyo tenor en caso de que se diera la rescisión del contrato de arras, por culpa del comprador, éste perdería las arras; si por el contrarío la rescisión del contrato se diera por culpa del vendedor, decidiendo éste no vender el inmueble, estaría a obligado a realizar un desembolso a favor del comprador de 7.000.000 pesetas, es decir, la cantidad otorgada en concepto de arras.