Convenio de guarda y custodia, alimentos y visitas de hijos menores tras ruptura de pareja de hecho.

  • Número: 2736
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Parejas de hecho
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ATRIBUCIÓN DEL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR, CONVENIO REGULADOR, PAREJA DE HECHO, PENSIÓN DE ALIMENTOS, RÉGIMEN DE VISITAS

Documentos originales presentados

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EL CASO

Supuesto de hecho.

El supuesto de hecho se inicia el 12 de septiembre de 2006, al ser la fecha en la que se firma el convenido regulador de guarda y custodia por ambos progenitores.

María Luisa y Jorge han formado una unión extramatrimonial desde diciembre de 2003 hasta junio de 2007. Ambos son padres de un hijo común nacido el 22 de abril de 2006, y que a la fecha de la firma del convenio regulador contaba con un año de edad.

La vivienda donde ha residido la pareja era de alquiler, y al romperse la pareja María Luisa quedó viviendo en la misma con el hijo menor.

Característica de este supuesto es la corta edad del hijo menor lo que va a comportar peculiaridades en el régimen de visitas que acordaron los progenitores.

Objetivo. Cuestión planteada.

Los clientes son ambos progenitores, María Luisa y Jorge, y el objetivo que pretenden es obtener una resolución judicial que regule los efectos de la ruptura en cuanto al hijo menor, y que su contenido sea los acuerdos por ellos alcanzados.

La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado se basa en mediar para alcanzar el acuerdo sobre todos los puntos legales a regular en estas situaciones, de forma no perjudicial para ambos ni para el menor, para obtener su aprobación judicial.
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