

Transferencia internacional de datos a personas o entidades. Trasmisión de datos entre Estados miembros.
DOCUMENTOS ORIGINALES FIRMADOS POR EL CLIENTE
Los documentos reales de este caso no están disponibles temporalmente.Quizá le puedan interesar los siguientes casos:
CONSULTA
Supuesto de hecho. Cuestión planteada.
, 00-00-2021
Existen empresas con filial en el extranjero y también con proveedores, clientes o asesores en otros países.
En estos casos, se debe conocer cuando y como se puede realizar la transferencia internacional de datos a personas o entidades fuera de España.
El RGPD mantiene la anterior regulación de la LOPD: es posible remitir datos a terceros países que tengan reconocido un nivel adecuado de protección. Nivel decidido por la Comisión, la cual, publicará en el Diario Oficial de la unión Europea (DOUE), un listado de países donde se garantiza un nivel de protección adecuado.
Solución propuesta.
Indiscutiblemente, se podrán transmitir datos entre Estados Miembro, al pertenecer a la Unión Europea, donde se aplica por igual el RGPD.
También podremos enviar datos a terceros países fuera de la UE, cuando existan garantías adecuadas. ¿Pero qué debemos tener en cuenta? ¿Qué documentos hemos de redactar?
Requisitos:
1.- Países con garantías adecuadas:
Como hemos visto, se pueden hacer transferencias de datos a terceros países que ofrezcan garantías adecuadas de seguridad.
Garantías adecuadas que no necesitan autorización de la Comisión:
Garantías adecuadas que necesitan autorización:
En este capítulo, trataremos de especial manera a las normas BCR, estableciendo un modelo de redacción a seguir por las empresas.
No necesitan autorización, pero si ser aprobadas por la autoridad de control.
2.- Binding Corporate Rules (BCR).
Son una serie de normas (como un Código de Conducta) que establecen las empresas multinacionales que regulan la forma y protección en las transferencias de datos personales que realicen a otros estados fuera de la UE que no tengan reconocido un nivel adecuado de seguridad.
Estas normas son obligatorias para todo el grupo empresarial, todos los empleados hasta las más altas escalas.
Son un marco para el cumplimiento de la privacidad corporativa constituido por:
Gracias a esta aprobación, su empresa, podrá remitir los datos personales de sus clientes, proveedores empleados y clientes europeos a las filiales del grupo que no cuenten con nivel adecuado de protección o autorización de la Comisión.
3.- Redacción y contenido de BCR:
Control de cada tipo de transferencia
a) Transferencia basada en una decisión de adecuación (art. 45):
b) Transferencia mediante garantías adecuadas (art. 46)
Comprobar que el tercer país u organización internacional hubieran ofrecido garantías adecuadas y a condición de que los interesados cuenten con derechos exigibles y acciones legales efectivas.
c) Transferencias no autorizadas por el Derecho de la Unión
Comprobar si la transferencia se realiza en virtud de una sentencia de tercer país.
Analizar, si existe acuerdo internacional para que sea válida.
d) Excepciones.