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LEY 50/1999, DE 23 DE DICIEMBRE, SOBRE EL RÉGIMEN JURIDICO DE LA TENENCIA DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
CAPÍTULO I Disposiciones generales
CAPÍTULO II Obligaciones de los propietarios, criadores y tenedores
Artículo 5. Identificación.
Artículo 7. Adiestramiento.
Artículo 8. Esterilización.
Artículo 9. Obligaciones en materia de seguridad ciudadana e higiénico-sanitarias.
Artículo 10. Transporte de animales peligrosos.
Artículo 11. Excepciones.
Artículo 12. Clubes de razas y asociaciones de criadores.
CAPÍTULO III Infracciones y sanciones
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
Disposición adicional primera. Obligaciones específicas referentes a los perros.
Disposición adicional segunda. Certificado de capacitación de adiestrador.
Disposición adicional tercera. Ejercicio de la potestad sancionadora.
Disposición transitoria única. Registro municipal.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Habilitación.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.