1
Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
TÍTULO I Derecho a la igualdad de trato y no discriminación
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 4. El derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
Artículo 5. Derechos a la información y al asesoramiento de las personas víctimas de discriminación.
Artículo 6. Definiciones.
Artículo 7. Interpretación.
Artículo 8. Inducción, orden o instrucción de discriminar o de cometer una acción de intolerancia.
CAPÍTULO II El derecho a la igualdad de trato y no discriminación en determinados ámbitos de la vida política, económica, cultural y social
Artículo 9. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el empleo por cuenta ajena.
Artículo 10. Negociación colectiva.
Artículo 11. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el trabajo por cuenta propia.
Artículo 12. Derecho a la igualdad de trato, a la no discriminación e intolerancia en organizaciones políticas, sindicales, empresariales, profesionales y de interés social o económico.
Artículo 13. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación.
Artículo 14. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la educación no formal.
Artículo 15. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la atención sanitaria.
Artículo 16. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la prestación de los servicios sociales.
Artículo 17. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la oferta al público de bienes y servicios.
Artículo 18. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el ámbito de la seguridad ciudadana.
Artículo 19. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en la administración de justicia.
Artículo 20. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el acceso a la vivienda.
Artículo 21. Derecho a la igualdad de trato y no discriminación en establecimientos, o espacios y espectáculos abiertos al público.
Artículo 22. Medios de comunicación social y publicidad, internet y redes sociales.
Artículo 23. Inteligencia Artificial y mecanismos de toma de decisión automatizados.
Artículo 24. Actividades culturales y deportivas.
TÍTULO II Defensa y promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación
CAPÍTULO I Garantías del derecho a la igualdad de trato y no discriminación
Artículo 25. Medidas de protección y reparación frente a la discriminación.
Artículo 26. Nulidad de pleno derecho.
Artículo 27. Atribución de responsabilidad patrimonial y reparación del daño.
Artículo 28. Tutela judicial del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
Artículo 29. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
Artículo 30. Reglas relativas a la carga de la prueba.
Artículo 31. Actuación administrativa contra la discriminación.
Artículo 32. Del Ministerio Fiscal.
CAPÍTULO II Promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación y medidas de acción positiva
Artículo 33. Promoción del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
Artículo 34. Estrategia Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Artículo 35. Colaboración entre las administraciones públicas.
Artículo 36. Estadísticas y estudios.
Artículo 37. Subvenciones públicas y contratación.
Artículo 39. Diálogo con las organizaciones no gubernamentales.
TÍTULO III La Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación
Artículo 40. Creación y funciones.
Artículo 41. Naturaleza, régimen jurídico, organización y funcionamiento.
Artículo 42. Personal y recursos económicos.
Artículo 43. Participación.
Artículo 44. Deber de colaboración.
Artículo 45. Relación con el Defensor del Pueblo.
TÍTULO IV Infracciones y sanciones en materia de igualdad de trato y no discriminación
Artículo 46. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 47. Infracciones.
Artículo 49. Criterios de graduación de las sanciones.
Artículo 50. Sanciones accesorias y sustitución de sanciones.
Artículo 51. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
Artículo 52. Autoridades competentes y procedimiento.
TÍTULO V Atención, apoyo e información a las víctimas de la discriminación e intolerancia
Artículo 53. Información, atención y medidas de apoyo a las víctimas de discriminación e intolerancia.
Artículo 54. Campañas y apoyo a las organizaciones de víctimas y a las entidades especializadas en la asistencia de víctimas de discriminación y la intolerancia.
Disposición adicional primera. Constitución de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Disposición adicional segunda. Asistencia jurídica a la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Disposición adicional tercera. Designación de la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación.
Disposición adicional cuarta. No afectación de la legislación en materia de extranjería.
Disposición adicional quinta. Cumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación en materia de negociación colectiva y laboral.
Disposición adicional sexta. Informe amplio e integral sobre disposiciones normativas vigentes y prácticas en la Administración del Estado que contraríen el deber de igualdad de trato y no discriminación.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio de procedimientos.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
«Artículo 11 bis. Legitimación para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
«Artículo 15 ter. Publicidad e intervención en procesos para la defensa del derecho a la igualdad de trato y no discriminación.
Disposición final tercera. Modificaciones de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Disposición final quinta. Modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Disposición final octava. Título competencial.
Disposición final novena. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final décima. Entrada en vigor.