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Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.
TÍTULO I Transposición de directivas de la Unión Europea en materia de defensa de la competencia
Artículo primero. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Artículo segundo. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
TÍTULO II Transposición de directivas de la Unión Europea en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo
Artículo tercero. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
TÍTULO III Transposición de directivas de la Unión Europea en materia de sociedades financieras, entidades de crédito y empresas de servicios de inversión
Artículo cuarto. Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores.
Artículo quinto. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
Artículo sexto. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
«CAPÍTULO II bis Régimen de aprobación de las sociedades financieras de cartera y de las sociedades financieras mixtas de cartera
«CAPÍTULO II ter Empresas matrices intermedias de la UE
Artículo séptimo. Modificación de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
«Sección 2.ª Amortización y conversión de instrumentos de capital y pasivos admisibles pertinentes
«Sección 4.ª Pasivos susceptibles de recapitalización interna»
«Sección 4.ª bis. Requerimiento mínimo de fondos propios y pasivos admisibles
«Sección 3.ª Facultades de suspensión de contratos
Artículo octavo. Modificación del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre.
TÍTULO IV Transposición de los artículos 49.2 y 50 de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas
Artículo noveno. Modificación de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
TÍTULO V Transposición de directivas de la Unión Europea en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido
Artículo décimo. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
«CAPÍTULO III Límite cuantitativo aplicable a determinadas ventas a distancia intracomunitarias de bienes y prestaciones de servicios.»
«CAPÍTULO XI Regímenes especiales aplicables a las ventas a distancia y a determinadas entregas interiores de bienes y prestaciones de servicios.»
«Sección 2.ª Régimen exterior de la Unión. Régimen especial aplicable a los servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en la Comunidad a destinatarios que no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales
«Sección 3.ª Régimen de la Unión. Régimen especial aplicable a los servicios prestados por empresarios o profesionales establecidos en la Comunidad, pero no en el Estado miembro de consumo, a destinatarios que no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, a las ventas a distancia intracomunitarias de bienes y a las entregas interiores de bienes realizadas en las condiciones previstas en el artículo 8 bis.b) de esta Ley
«Sección 4.ª Régimen de importación. Régimen especial aplicable a las ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros.
TÍTULO VI Transposición de la Directiva (UE) 2018/957 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, que modifica la Directiva 96/71/CE sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios
Artículo undécimo. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.
Artículo duodécimo. Modificación de Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.
Artículo decimotercero. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
«Sección 5.ª Infracciones de las empresas de trabajo temporal establecidas en otros Estados miembros de la Unión Europea o en Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como de las empresas usuarias
Artículo decimocuarto. Modificación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
TÍTULO VII Transposición de directiva de la Unión Europea en materia de prevención y reparación de daños medioambientales
Artículo decimoquinto. Modificación del artículo 42.1, párrafo a), de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
TÍTULO VIII Transposición de directivas de la Unión Europea en materia de contratos de compraventa de bienes y de suministro de contenidos o servicios digitales
Artículo decimosexto. Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
«TÍTULO IV Garantías y servicios posventa
CAPÍTULO I Disposiciones generales sobre garantía
CAPÍTULO II Responsabilidad del empresario y derechos del consumidor y usuario
CAPÍTULO III Ejercicio de derechos por el consumidor y usuario
CAPÍTULO IV Modificación de los contenidos o servicios digitales
CAPÍTULO V Garantías comerciales y servicios posventa
Disposición adicional primera. Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.
Disposición adicional segunda. No incremento de gasto público.
Disposición transitoria primera. Procedimientos iniciados formalmente en materia de defensa de la competencia.
Disposición transitoria segunda. Plazo para inscribirse en el registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos.
Disposición transitoria tercera. Aprobación de sociedades financieras de cartera y sociedades financieras mixtas de cartera.
Disposición transitoria cuarta. Empresa matriz intermedia de la UE.
Disposición transitoria quinta. Normas transitorias sobre el límite temporal del desplazamiento.
Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio aplicable al sector del transporte por carretera, en materia de desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación del Reglamento de Defensa de la Competencia, aprobado por el Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero.
Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 2295/2004, de 10 de diciembre, relativo a la aplicación en España de las normas comunitarias de competencia.
Disposición final tercera. Modificación del Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación de terrorismo, aprobado por el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo.
Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
Disposición final quinta. Salvaguarda del rango de ciertas disposiciones reglamentarias.
Disposición final sexta. Títulos competenciales.
Disposición final séptima. Incorporación y ejecución del derecho de la Unión Europea.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
ANEXO Relación de bienes a los que se refiere la disposición adicional primera