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Ley 14/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2019.
CAPÍTULO I De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones
Artículo 1. Ámbito de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias.
Artículo 2. Aprobación de los estados de gastos e ingresos.
Artículo 3. Distribución funcional del gasto
Artículo 4. Transferencias internas.
Artículo 5. Beneficios fiscales.
Artículo 6. Créditos ampliables
CAPÍTULO II De la gestión presupuestaria
Artículo 7. Autorización y disposición de gastos.
Artículo 8. Salario Social Básico.
Artículo 9. Carácter vinculante de determinados créditos.
Artículo 10. Dotaciones no utilizadas.
Artículo 11. Transferencias destinadas a financiar con carácter indiferenciado la actividad de sus destinatarios.
Artículo 12. Limitaciones presupuestarias.
Artículo 13. Modificación del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio.
CAPÍTULO III De los créditos para gastos de personal
Artículo 14. Limitación del aumento de gastos de personal.
Artículo 15. Retribuciones de los miembros de la Junta General del Principado de Asturias.
Artículo 16. Retribuciones de los miembros de los órganos auxiliares.
Artículo 17. Retribuciones de los miembros del Consejo de Gobierno y otros altos cargos de la Administración.
Artículo 18. Retribuciones de Directores de Agencias y equivalentes.
Artículo 19. Retribuciones del personal funcionario.
Artículo 20. Retribuciones del personal laboral.
Artículo 21. Retribuciones del personal estatutario.
Artículo 22. Retribuciones del personal al servicio de la administración de justicia dependiente del Principado de Asturias.
Artículo 23. Retribuciones del personal interino.
Artículo 24. Retribuciones del personal eventual.
Artículo 25. Retribuciones del personal funcionario sanitario local.
Artículo 26. Procesos de autoorganización y políticas de personal.
Artículo 27. Limitaciones en materia de personal funcionario o laboral al servicio de la Administración del Principado de Asturias o de los organismos y entes públicos relacionados en el artículo 1.d) de la presente ley.
Artículo 28. Limitaciones en materia de personal que preste sus servicios en las entidades enumeradas en el artículo 1 e) y f) de esta ley.
Artículo 29. Prohibición de ingresos atípicos.
Artículo 31. Incorporación de nuevo personal durante el año 2019.
Artículo 32. Costes de personal de la Universidad de Oviedo.
CAPÍTULO IV De las operaciones financieras
Artículo 33. Operaciones de crédito a largo plazo.
Artículo 34. Operaciones de crédito a corto plazo.
Artículo 35. Endeudamiento a corto plazo de los organismos autónomos.
Artículo 36. Avales al sector público.
Artículo 37. Segundo aval a empresas.
CAPÍTULO V Normas tributarias
Artículo 38. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre.
Artículo 39. Modificación del texto refundido de las Leyes de tasas y de precios públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio
«Sección 1.ª Tasa de pruebas de acceso al empleo público
«Sección 7.ª Tasa del registro general de informes de evaluación de los edificios del Principado de Asturias
Disposición adicional primera. Adecuación de retribuciones de la presente ley.
Disposición adicional cuarta. Uno por ciento cultural.
Disposición adicional quinta. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados.
Disposición adicional sexta. Fondo de Contingencia.
Disposición adicional octava. De la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Disposición adicional novena. Fondo extraordinario de financiación municipal.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Disposición final única. Entrada en vigor.
ANEXO I Créditos ampliables
ANEXO II Módulos económicos de Centros Concertados