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Ley 5/2006, de 10 de mayo, del Libro Quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales
III La estructura y el contenido
Artículo único. Aprobación del libro quinto del Código civil de Cataluña.
Artículo 511-2. Bienes inmuebles y muebles.
CAPÍTULO I Adquisición y extinción
Artículo 521-1. Concepto.
Artículo 521-2. Adquisición de la posesión.
Artículo 521-3. Capacidad.
Artículo 521-4. Pluralidad de posesiones.
Artículo 521-5. Coposesión.
Artículo 521-6. Continuidad en la posesión.
Artículo 521-7. Posesión de buena y mala fe.
Artículo 521-8. Finalización de la posesión.
Artículo 522-1. Presunción de titularidad.
Artículo 522-2. Liquidación de la situación posesoria.
Artículo 522-4. Gastos útiles.
Artículo 522-5. Deterioro o pérdida.
Artículo 522-6. Posesión y usucapión.
Artículo 522-7. Protección.
Artículo 522-8. Adquisición de buena fe de bienes muebles.
TÍTULO III De la adquisición, transmisión y extinción del derecho real
Sección primera. Disposición general
Artículo 531-1. Sistema de adquisición.
Sección segunda. Tradición
Artículo 531-2. Concepto.
Artículo 531-3. Fundamento de la tradición.
Artículo 531-4. Clases de tradición.
Artículo 531-5. Tradición de los bienes incorporales.
Sección tercera. Donación
Artículo 531-7. Concepto.
Artículo 531-8. Irrevocabilidad.
Artículo 531-9. Modalidades.
Artículo 531-10. Capacidad de los donantes.
Artículo 531-13. Garantía de conformidad.
Artículo 531-14. Acreedores de los donantes.
Artículo 531-15. Revocación.
Artículo 531-16. Donación condicional y a plazo.
Artículo 531-17. Donación remuneratoria.
Artículo 531-18. Donación con carga o modal.
Artículo 531-19. Donación con cláusula de reversión.
Artículo 531-20. Donación con reserva de la facultad de disponer.
Artículo 531-21. Capacidad de los donatarios.
Artículo 531-22. Pluralidad de donatarios.
Sección cuarta. Usucapión
Artículo 531-23. Modo de adquirir.
Artículo 531-24. Posesión para usucapir.
Artículo 531-25. Interrupción.
Artículo 531-26. Suspensión.
Artículo 531-28. Alegación.
Artículo 531-29. Renuncia.
CAPÍTULO II Extinción de los derechos reales
Artículo 532-1. Extinción de los derechos reales.
Artículo 532-2. Pérdida del bien.
Artículo 532-3. Consolidación.
Artículo 532-4. Renuncia.
TÍTULO IV Del derecho de propiedad
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Sección primera. La propiedad y su función social
Artículo 541-1. Concepto.
Artículo 541-2. Función social.
Sección segunda. Los frutos
Artículo 541-3. Titularidad.
Artículo 541-4. Adquisición.
CAPÍTULO II Títulos de adquisición exclusivos del derecho de propiedad
Sección primera. Accesión
Artículo 542-1. Concepto.
Artículo 542-2. Regulación.
Artículo 542-3. Adquisición.
Artículo 542-4. Presunción.
Artículo 542-5. Plantaciones en suelo ajeno.
Artículo 542-6. Cultivos en suelo ajeno.
Artículo 542-7. Construcción en suelo ajeno con valor superior del suelo.
Artículo 542-8. Indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 542-9. Construcción en suelo ajeno con valor superior de la edificación.
Artículo 542-10. Presunción de buena fe.
Artículo 542-11. Actuación de mala fe.
Artículo 542-12. Compensación de la mala fe.
Artículo 542-13. Construcción con materiales ajenos.
Artículo 542-14. Construcción en finca ajena con materiales ajenos.
Artículo 542-15. Concepto.
Artículo 542-16. Unión de buena fe.
Artículo 542-17. Actuación de mala fe.
Artículo 542-18. Unión voluntaria.
Artículo 542-19. Utilización de materiales ajenos.
Sección segunda. Ocupación
Artículo 542-20. Adquisición por ocupación.
Artículo 542-21. Hallazgo de objetos de valor extraordinario.
Artículo 542-22. Hallazgos.
Artículo 543-1. Abandono.
Artículo 543-2. No presunción de abandono.
CAPÍTULO IV Protección del derecho de propiedad
Sección primera. Reivindicación
Artículo 544-1. La acción reivindicatoria.
Artículo 544-3. Extinción.
Sección segunda. Exclusión
Artículo 544-4. Legitimación.
Artículo 544-5. Exclusión de la acción.
Artículo 544-6. Contenido.
Artículo 544-7. Prescripción.
Artículo 544-8. Cierre de fincas.
Artículo 544-9. Concepto.
Artículo 544-10. Requisitos.
Artículo 544-11. Criterios de delimitación.
CAPÍTULO V Restricciones al derecho de propiedad
Artículo 545-1. Las restricciones.
Artículo 545-2. Restricciones en interés publico.
Artículo 545-3. Restricciones en interés privado.
Artículo 545-4. Limitaciones voluntarias.
CAPÍTULO VI Relaciones de vecindad
Sección primera. Relaciones de contigüidad
Artículo 546-1. Vallas medianeras.
Artículo 546-2. Vallas no medianeras entre fincas.
Artículo 546-3. Pared de acercamiento y tabique pluvial.
Artículo 546-4. Distancia de árboles a vallas o balcones vecinos.
Artículo 546-5. Distancia de plantaciones.
Artículo 546-6. Ramas y raíces provenientes de fincas vecinas.
Artículo 546-7. Distancias de piscinas, excavaciones y pozos.
Artículo 546-8. Márgenes entre fincas en cotas diferentes.
Artículo 546-9. Paso del agua.
Artículo 546-10. Luces, vistas y ventanas.
Artículo 546-11. Edificaciones en mal estado y árboles peligrosos.
Sección segunda. Estado de necesidad
Artículo 546-12. Estado de necesidad.
Sección tercera. Inmisiones
Artículo 546-13. Inmisiones ilegítimas.
Artículo 546-14. Inmisiones legítimas.
CAPÍTULO VII Propiedad temporal
Artículo 547-1. Concepto.
Artículo 547-3. Régimen jurídico.
Artículo 547-4. Adquisición y duración.
Artículo 547-5. Régimen voluntario.
Artículo 547-6. Facultades del propietario temporal.
Artículo 547-7. Facultades del titular sucesivo.
Artículo 547-8. Inscripción.
Artículo 547-9. Extinción.
Artículo 547-10. Efectos de la extinción.
TÍTULO V De las situaciones de comunidad
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 551-1. Situaciones de comunidad.
Artículo 551-2. Regulación.
CAPÍTULO II Comunidad ordinaria indivisa
Sección primera. Régimen jurídico
Artículo 552-1. Concepto.
Artículo 552-2. Constitución.
Sección segunda. Derechos individuales sobre la comunidad
Artículo 552-3. Disposición.
Artículo 552-4. Derechos de adquisición.
Artículo 552-5. Renuncia.
Sección tercera. Derechos y deberes sobre el objeto de la comunidad
Artículo 552-6. Uso y disfrute.
Artículo 552-7. Administración y régimen de adopción de acuerdos.
Artículo 552-8. Participación en los gastos.
Sección cuarta. Extinción
Artículo 552-9. Disolución.
Artículo 552-10. Facultad de pedir la división.
Artículo 552-11. Procedimiento de la división.
Artículo 552-12. Efectos de la división.
CAPÍTULO III Régimen jurídico de la propiedad horizontal
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 553-1. Definición.
Artículo 553-4. Créditos y deudas.
Artículo 553-5. Afección real.
Artículo 553-6. Fondos de reserva.
Artículo 553-7. Establecimiento del régimen.
Artículo 553-8. Legitimación.
Artículo 553-9. Escritura de constitución y constancia en el Registro de la Propiedad.
Artículo 553-10. Modificación del título de constitución.
Artículo 553-11. Estatutos.
Artículo 553-12. Reglamento de régimen interior.
Artículo 553-13. Constitución y reserva del derecho de vuelo.
Artículo 553-14. Extinción del régimen.
Artículo 553-15. Organización de la comunidad.
Artículo 553-16. Presidencia.
Artículo 553-17. Secretaría.
Artículo 553-18. Administración.
Artículo 553-19. Junta de propietarios.
Artículo 553-20. Reuniones.
Artículo 553-21. Convocatorias.
Artículo 553-22. Asistencia.
Artículo 553-23. Constitución.
Artículo 553-24. Derecho de voto.
Artículo 553-25. Régimen general de adopción de acuerdos.
Artículo 553-25 bis. Régimen simplificado de adopción de acuerdos para instalaciones de energías renovables.
Artículo 553-26. Adopción de acuerdos por unanimidad y por mayorías cualificadas.
Artículo 553-28. Libro de actas.
Artículo 553-29. Ejecución.
Artículo 553-30. Vinculación de los acuerdos.
Artículo 553-31. Impugnación.
Artículo 553-32. Suspensión.
Sección segunda. Propiedad horizontal simple
Artículo 553-33. Elementos privativos.
Artículo 553-34. Elementos privativos de beneficio común.
Artículo 553-36. Uso y disfrute de los elementos privativos.
Artículo 553-37. Disposición de los elementos privativos.
Artículo 553-38. Obligaciones de conservación y mantenimiento de los elementos privativos.
Artículo 553-39. Restricciones y servidumbres forzosas.
Artículo 553-40. Prohibiciones y restricciones de uso de los elementos privativos y comunes.
Artículo 553-41. Elementos comunes.
Artículo 553-42. Uso y disfrute de los elementos comunes.
Artículo 553-43. Elementos comunes de uso exclusivo.
Artículo 553-44. Conservación y mantenimiento de los elementos comunes.
Artículo 553-45. Contribución al pago de los gastos comunes.
Artículo 553-46. Responsabilidad de la comunidad.
Artículo 553-47. Reclamación en caso de impago de los gastos comunes.
Sección tercera. Propiedad horizontal compleja
Artículo 553-48. Configuración.
Artículo 553-50. Constitución.
Artículo 553-51. Regulación y acuerdos.
Artículo 553-52. Comunidades y subcomunidades para garajes y trasteros.
Sección cuarta. Propiedad horizontal por parcelas
Artículo 553-53. Concepto y configuración.
Artículo 553-54. Fincas de titularidad privativa.
Artículo 553-55. Elementos comunes.
Artículo 553-56. Restricciones.
Artículo 553-57. Título de constitución.
Artículo 553-58. Constancia registral.
Artículo 553-59. Extinción voluntaria.
CAPÍTULO IV Comunidad especial por turnos
Sección primera. Régimen jurídico
Artículo 554-1. Definición.
Artículo 554-3. El turno.
Sección segunda. Constitución
Artículo 554-4. Establecimiento del régimen.
Artículo 554-5. Título de constitución.
Artículo 554-6. Legitimación.
Artículo 554-7. Constancia registral.
Artículo 554-8. Extinción del régimen.
Sección tercera. Contenido
Artículo 554-9. Derechos.
Artículo 554-10. Obligaciones.
Artículo 554-11. Gastos generales y contribución de los turnos.
Artículo 554-12. Régimen supletorio.
CAPÍTULO V Comunidad especial por razón de medianería
Sección primera. Medianería
Artículo 555-1. Concepto y régimen jurídico.
Sección segunda. Medianería de carga
Artículo 555-2. Constitución voluntaria.
Artículo 555-3. Características.
Artículo 555-4. Derecho de carga.
Artículo 555-7. Derecho de derribo.
Sección tercera. Medianería de vallado
Artículo 555-8. Medianería de vallado.
CAPÍTULO VI Propiedad compartida
Artículo 556-1. Concepto.
Artículo 556-3. Régimen jurídico.
Artículo 556-4. Constitución.
Artículo 556-5. Inscripción.
Artículo 556-6. Facultades del propietario material.
Artículo 556-7. Obligaciones del propietario material.
Artículo 556-8. Facultades del propietario formal.
Artículo 556-9. Contraprestación dineraria.
Artículo 556-10. Derechos de tanteo y de retracto.
Artículo 556-11. Extinción.
Artículo 556-12. Ejecución forzosa.
TÍTULO VI De los derechos reales limitados
CAPÍTULO I El derecho de usufructo
Sección primera. Constitución y régimen del usufructo
Artículo 561-1. Régimen aplicable.
Artículo 561-2. Concepto.
Artículo 561-3. Constitución.
Artículo 561-4. Usufructo de bienes deteriorables.
Artículo 561-5. Cuasiusufructo.
Artículo 561-6. Frutos y mejoras.
Artículo 561-7. Inventario, caución, determinación de la condición y estimación de los bienes.
Artículo 561-8. Daños a los bienes usufructuados.
Artículo 561-9. Disposición.
Artículo 561-10. Derecho de adquisición preferente.
Artículo 561-11. Usufructo en situaciones de cotitularidad.
Artículo 561-12. Gastos del usufructo.
Artículo 561-13. Usufructo de finca hipotecada.
Artículo 561-14. Cotitularidad en el usufructo.
Artículo 561-15. Usufructos sucesivos.
Sección segunda. Extinción, liquidación y acciones en defensa del usufructo
Artículo 561-16. Extinción.
Artículo 561-17. Pérdida parcial.
Artículo 561-18. Usufructo de bienes asegurados.
Artículo 561-19. Expropiación forzosa de los bienes usufructuados.
Artículo 561-20. Acciones de defensa del usufructo.
Sección tercera. Usufructo con facultad de disposición
Artículo 561-21. Norma general.
Artículo 561-22. Disposición con el consentimiento ajeno.
Artículo 561-23. Disposición en caso de necesidad.
Artículo 561-24. Régimen de la contraprestación.
Sección cuarta. Usufructo de bosques y plantas
Artículo 561-25. Régimen jurídico.
Artículo 561-26. Bosques.
Artículo 561-27. Conjuntos de árboles que no son bosques.
Artículo 561-28. Árboles o arbustos que se renuevan o rebrotan.
Artículo 561-29. Árboles o arbustos que no se renuevan ni rebrotan.
Artículo 561-30. Árboles muertos y dañados.
Sección quinta. Usufructo de dinero y de participaciones en fondos de inversión y en otros instrumentos de inversión colectiva
Artículo 561-32. Régimen aplicable.
Artículo 561-33. El usufructo de dinero.
Artículo 561-34. El usufructo de participaciones en fondos de inversión.
Artículo 561-35. Carácter de los frutos.
Artículo 561-36. Derechos de los usufructuarios.
Artículo 561-37. Comisiones.
CAPÍTULO II El derecho de uso y el derecho de habitación
Sección primera. Disposiciones comunes
Artículo 562-1. Régimen jurídico.
Artículo 562-2. Carácter presumiblemente vitalicio.
Artículo 562-3. Diversidad de titulares.
Artículo 562-4. Indisponibilidad del derecho.
Artículo 562-5. Extinción.
Sección segunda. Derecho de uso
Artículo 562-6. Contenido.
Artículo 562-7. Uso de vivienda.
Artículo 562-8. Usos especiales.
Sección tercera. Derecho de habitación
Artículo 562-9. Contenido.
Artículo 562-10. Titular.
CAPÍTULO III Los derechos de aprovechamiento parcial
Artículo 563-1. Concepto y régimen jurídico.
Artículo 563-2. Constitución.
Artículo 563-3. Redención.
Artículo 563-4. Derecho de adquisición preferente.
CAPÍTULO IV El derecho de superficie
Artículo 564-1. Concepto.
Artículo 564-3. Constitución.
Artículo 564-4. Régimen jurídico voluntario.
Artículo 564-5. Régimen legal.
Artículo 564-6. Extinción.
CAPÍTULO V Los derechos de censo
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 565-1. El censo.
Artículo 565-2. Clases de censo.
Artículo 565-3. Constitución del censo.
Artículo 565-4. Forma de constitución del censo.
Artículo 565-5. La transmisibilidad de la finca y del censo.
Artículo 565-6. La división del censo.
Artículo 565-7. La inscripción del censo.
Artículo 565-8. La pensión.
Artículo 565-9. Procedimiento judicial sumario.
Artículo 565-10. Inexigibilidad de la pensión.
Artículo 565-11. La extinción del censo.
Artículo 565-12. La redimibilidad del censo.
Artículo 565-13. La redención del censo.
Sección segunda. Censo enfitéutico
Artículo 565-14. El censo enfitéutico.
Artículo 565-15. El devengo del laudemio.
Artículo 565-16. Las excepciones al devengo del laudemio.
Artículo 565-17. La cuota del laudemio.
Artículo 565-18. El devengo del laudemio en casos especiales.
Artículo 565-19. La restitución del laudemio.
Artículo 565-20. La prescripción del laudemio.
Artículo 565-21. La garantía del laudemio.
Artículo 565-22. El pago del laudemio.
Artículo 565-23. El derecho de fadiga.
Artículo 565-24. El ejercicio del derecho de fadiga.
Artículo 565-25. Intransmisibilidad del derecho de fadiga y de la finca.
Artículo 565-26. Excepciones al derecho de fadiga.
Artículo 565-27. Pérdida del derecho de fadiga.
Artículo 565-28. La cotitularidad del derecho de censo.
Sección tercera. Censo vitalicio
Artículo 565-29. El censo vitalicio.
Artículo 565-30. Irredimibilidad.
Artículo 565-31. La titularidad del derecho de censo.
Artículo 565-32. Pago de la pensión.
Artículo 565-33. El disfrute de la finca gravada.
CAPÍTULO VI Las servidumbres
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 566-1. Concepto.
Artículo 566-2. Constitución.
Artículo 566-3. Servidumbre sobre finca propia.
Artículo 566-4. Contenido general del derecho de servidumbre.
Artículo 566-5. Servidumbres de luces y vistas.
Artículo 566-6. Contenido accesorio de la servidumbre.
Sección segunda. Servidumbres forzosas
Artículo 566-7. Servidumbre de paso.
Artículo 566-8. Servidumbre de acceso a una red general.
Artículo 566-9. Servidumbre de acueducto.
Artículo 566-10. Indemnizaciones por el establecimiento de servidumbres forzosas.
Sección tercera. Extinción de las servidumbres
Artículo 566-11. Causas de extinción de la servidumbre.
Artículo 566-12. Modificaciones de las fincas y extinción de la servidumbre.
Sección cuarta. Protección del derecho de servidumbre
Artículo 566-13. Acción confesoria.
CAPÍTULO VII El derecho de vuelo
Artículo 567-1. Concepto.
Artículo 567-2. Constitución.
Artículo 567-3. Legitimación.
Artículo 567-4. Transmisibilidad.
Artículo 567-5. Ejercicio.
Artículo 567-6. Extinción.
CAPÍTULO VIII Los derechos de adquisición
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 568-1. Concepto.
Artículo 568-2. Constitución y eficacia.
Artículo 568-4. Cotitularidad.
Sección segunda. Derechos de adquisición voluntaria
Artículo 568-5. Constitución.
Artículo 568-6. Contenido del título de constitución.
Artículo 568-7. Extinción.
Artículo 568-8. Duración.
Artículo 568-9. Transmisibilidad.
Artículo 568-10. Conservación del objeto.
Artículo 568-11. Pérdida del objeto.
Artículo 568-12. Ejercicio.
Artículo 568-13. Duración.
Artículo 568-14. Ejercicio.
Artículo 568-15. Conversión del tanteo en retracto.
Sección tercera. Derechos de retracto legales
Artículo 568-16. Concepto.
Artículo 568-17. Titularidad.
Artículo 568-18. Requisitos.
Artículo 568-19. Ejercicio.
Artículo 568-20. Limitaciones.
Artículo 568-21. Concepto y régimen jurídico.
Artículo 568-22. Titularidad.
Artículo 568-23. Requisitos.
Artículo 568-24. Ejercicio.
Artículo 568-25. Limitaciones.
Artículo 568-26. Preferencia.
Sección cuarta. Preferencia entre derechos de adquisición legales
Artículo 568-27. Preferencia.
Sección quinta. Derecho de redimir en la venta a carta de gracia
Artículo 568-28. Concepto y régimen jurídico
Artículo 568-29. Duración.
Artículo 568-30. Indivisibilidad.
Artículo 568-31. Ejercicio.
Artículo 568-32. Adquisición por el redimente.
CAPÍTULO IX Los derechos reales de garantía
Sección primera. Disposiciones generales
Artículo 569-1. Los derechos reales de garantía.
Artículo 569-2. Eficacia general.
Sección segunda. Garantías posesorias
Artículo 569-3. Concepto de derecho de retención.
Artículo 569-4. Obligaciones que pueden originar el derecho de retención.
Artículo 569-5. Constitución.
Artículo 569-6. Posesión del bien retenido.
Artículo 569-7. Realización del valor del bien mueble retenido.
Artículo 569-8. Realización del valor de la finca o del derecho retenidos.
Artículo 569-9. Destino del importe de la enajenación.
Artículo 569-10. Retención de bienes muebles de poco valor.
Artículo 569-11. Sustitución del bien retenido.
Artículo 569-12. Concepto de prenda.
Artículo 569-13. Requisitos de constitución.
Artículo 569-14. Obligaciones garantizables con prenda.
Artículo 569-15. Pluralidad de prendas e indivisibilidad.
Artículo 569-16. Régimen de la prenda con relación al objeto empeñado.
Artículo 569-17. Sustitución del bien empeñado.
Artículo 569-18. Principio de subrogación real.
Artículo 569-19. Posesión del bien empeñado.
Artículo 569-20. Realización del valor del bien empeñado.
Artículo 569-21. Destino del importe de la enajenación.
Artículo 569-22. Prenda de valores cotizables.
Artículo 569-23. Concepto de derecho de anticresis.
Artículo 569-24. Constitución.
Artículo 569-25. Régimen.
Artículo 569-26. Realización del valor de la finca anticrética.
Sección tercera. Derecho de hipoteca
Artículo 569-27. Bienes y derechos hipotecables.
Artículo 569-28. Obligaciones garantizadas por una hipoteca y cesión del crédito hipotecario.
Artículo 569-29. Capacidad y legitimación para constituir una hipoteca.
Artículo 569-30. Hipoteca constituida por los cónyuges.
Artículo 569-31. Hipoteca sobre la vivienda familiar o común.
Artículo 569-32. Hipoteca del usufructo universal.
Artículo 569-33. Hipoteca sobre los derechos resultantes de la venta a carta de gracia.
Artículo 569-34. Hipoteca del derecho de superficie.
Artículo 569-35. Hipoteca sobre los derechos de adquisición preferente.
Artículo 569-36. Hipoteca en garantía de pensiones compensatorias.
Artículo 569-37. Hipoteca en garantía de alimentos.
Artículo 569-38. Hipoteca en garantía de pensiones periódicas.
Artículo 569-39. Hipoteca por razón de tutela o administración patrimonial.
Artículo 569-40. Hipoteca por razón de reserva vidual.
Artículo 569-41. Hipoteca en caso de sustitución fideicomisaria.
Artículo 569-42. Hipoteca en garantía de la obligación de urbanizar.
Disposición transitoria primera. Revocación de donaciones.
Disposición transitoria segunda. Usucapión.
Disposición transitoria tercera. Régimen de la accesión.
Disposición transitoria cuarta. Acciones reivindicatoria y negatoria.
Disposición transitoria quinta. Situaciones de comunidad.
Disposición transitoria sexta. Régimen de propiedad horizontal.
Disposición transitoria séptima. Propiedades horizontales por parcelas preexistentes.
Disposición transitoria octava. Medianería de carga.
Disposición transitoria novena. Derechos de usufructo, uso y habitación.
Disposición transitoria décima. Derechos de aprovechamiento parcial.
Disposición transitoria undécima. Derechos de superficie.
Disposición transitoria duodécima. La acreditación de existencia y el régimen jurídico de la rabassa morta.
Disposición transitoria decimotercera. Extinción y cancelación de los censos anteriores a 1990.
Disposición transitoria decimocuarta. Redención de los censos constituidos de acuerdo con la legislación anterior a la Ley 6/1990.
Disposición transitoria decimoquinta. Plazos de usucapión y de prescripción de censos, laudemios y pensiones.
Disposición transitoria decimosexta. Derechos de servidumbre.
Disposición transitoria decimoséptima. Derechos de vuelo.
Disposición transitoria decimoctava. Derechos de adquisición preferente.
Disposición transitoria decimonovena. Retractos legales.
Disposición transitoria vigésima. Derechos de garantía.
Disposición transitoria vigesimoprimera. Aplicación del artículo 565-11.5.
Disposición transitoria vigesimosegunda. Redención de los censos constituidos de acuerdo con la legislación anterior a la Ley 6/1990.
Disposición final. Entrada en vigor.