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REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final única. Entrada en vigor.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO
TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales
Artículo 1. Definición, naturaleza y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios informadores del Catastro Inmobiliario.
Artículo 4. Competencias.
Artículo 5. Órganos colegiados.
TÍTULO I De la regulación del catastro inmobiliario
CAPÍTULO I Bienes inmuebles a efectos catastrales
Artículo 6. Concepto y clases de bienes inmuebles.
Artículo 7. Bienes inmuebles urbanos y rústicos.
Artículo 8. Bienes inmuebles de características especiales.
CAPÍTULO II Titular catastral
Artículo 9. Titulares catastrales y representación.
Artículo 10. Derechos y deberes.
TÍTULO II De la formación y mantenimiento del catastro inmobiliario
CAPÍTULO I Procedimientos de incorporación y régimen jurídico
Artículo 11. Obligatoriedad de la incorporación y tipos de procedimientos.
Artículo 12. Régimen jurídico.
CAPÍTULO II Declaraciones, comunicaciones y solicitudes
Artículo 13. Procedimiento de incorporación mediante declaraciones.
Artículo 14. Procedimiento de incorporación mediante comunicaciones.
Artículo 15. Procedimiento de incorporación mediante solicitud.
Artículo 16. Reglas comunes a las declaraciones y comunicaciones.
Artículo 17. Notificación y eficacia de los actos dictados en los procedimientos de incorporación mediante declaración, comunicación y solicitud.
CAPÍTULO III Subsanación de discrepancias
Artículo 18. Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación.
CAPÍTULO IV Inspección catastral
Artículo 19. Naturaleza y clases de actuaciones inspectoras.
Artículo 20. Documentación y eficacia de las actuaciones inspectoras.
Artículo 21. Planes de inspección.
Sección 1.ª El valor catastral y su determinación
Artículo 22. Valor catastral.
Artículo 23. Criterios y límites del valor catastral.
Artículo 24. Determinación del valor catastral.
Sección 2.ª Ponencias de valores
Artículo 25. Contenido de las ponencias de valores.
Artículo 26. Clases de ponencias de valores.
Artículo 27. Elaboración, aprobación e impugnación de las ponencias de valores.
Sección 3.ª Procedimientos de valoración catastral
Artículo 28. Valoración catastral de bienes inmuebles urbanos y rústicos.
Artículo 29. Procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial.
Artículo 30. Procedimiento simplificado de valoración colectiva.
Artículo 31. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales.
Artículo 32. Actualización de valores catastrales.
TÍTULO III De la cartografía catastral
Artículo 34. Contenido de la cartografía catastral.
Artículo 35. Carácter temático de la cartografía catastral.
TÍTULO IV De la colaboración e intercambio de información
Artículo 36. Deber de colaboración.
Artículo 37. Suministro de información a otras Administraciones tributarias.
TÍTULO V De la constancia documental de la referencia catastral
Artículo 38. Constancia documental y registral de la referencia catastral.
Artículo 39. Excepciones.
Artículo 40. Sujetos obligados.
Artículo 41. Documentos acreditativos de la referencia catastral.
Artículo 42. Plazo de aportación.
Artículo 43. Advertencia de incumplimiento.
Artículo 44. Efectos del incumplimiento de la obligación de aportar la referencia catastral.
Artículo 45. Correspondencia de la referencia catastral con la identidad de la finca.
Artículo 46. Constancia de la referencia catastral en documentos administrativos.
Artículo 47. Constancia de la referencia catastral en documentos notariales.
Artículo 48. Constancia registral de la referencia catastral.
Artículo 49. Constatación de la referencia catastral.
TÍTULO VI Del acceso a la información catastral
Artículo 50. Normativa aplicable.
Artículo 51. Datos protegidos.
Artículo 52. Condiciones generales del acceso.
Artículo 53. Acceso a la información catastral protegida.
Artículo 54. Recurso de alzada.
TÍTULO VII De la tasa de acreditación catastral
Artículo 61. Objeto y naturaleza.
Artículo 62. Hecho imponible.
Artículo 63. Sujetos pasivos.
Artículo 66. Productos y tarifas.
Artículo 67. Liquidación.
TÍTULO VIII De las infracciones y sanciones
Artículo 70. Infracciones.
Artículo 71. Régimen sancionador.
Disposición adicional primera. Renovación del catastro rústico.
Disposición adicional segunda. Colaboración de notarios y registradores.
Disposición adicional tercera. Procedimiento de regularización catastral.
Disposición adicional cuarta. Valoración de las construcciones indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales ubicadas en suelo rústico.
Disposición adicional quinta. Anuncios de notificación por comparecencia
Disposición transitoria primera. Clasificación de bienes inmuebles y contenido de las descripciones catastrales.
Disposición transitoria segunda. Valoración catastral de bienes inmuebles rústicos.
Disposición transitoria tercera. Constancia documental y registral de la referencia catastral de bienes inmuebles rústicos.
Disposición transitoria cuarta. Normativa preexistente.
Disposición transitoria quinta. Procedimientos en tramitación.
Disposición transitoria sexta. Referencias a la Ley General Tributaria.
Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio para la aplicación de la modificación de la letra b) del apartado 2 del artículo 7.
Disposición transitoria octava. Utilización de medios electrónicos.
Disposición transitoria novena. Régimen transitorio para la determinación del valor de referencia de cada inmueble.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo de la ley.
Disposición final tercera. Valor de referencia.