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LEY 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la ley.
Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II Igualdad de oportunidades
Artículo 4. Vulneración del derecho a la igualdad de oportunidades.
Artículo 5. Garantías del derecho a la igualdad de oportunidades.
Artículo 6. Medidas contra la discriminación.
Artículo 7. Contenido de las medidas contra la discriminación.
Artículo 8. Medidas de acción positiva.
Artículo 9. Contenido de las medidas de acción positiva.
Artículo 10. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación.
Artículo 10.bis. Igualdad de trato en acceso a bienes y servicios.
CAPÍTULO III Fomento y defensa
Artículo 11. Medidas de fomento y defensa.
Sección 1.ª Medidas de fomento
Artículo 12. Medidas de sensibilización y formación.
Artículo 13. Medidas para fomentar la calidad.
Artículo 14. Medidas de innovación y desarrollo de normas técnicas.
Artículo 15. Participación de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias.
Artículo 16. Planes y programas de accesibilidad y para la no discriminación.
Sección 2.ª Medidas de defensa
Artículo 18. Tutela judicial y protección contra las represalias.
Artículo 19. Legitimación.
Artículo 20. Criterios especiales sobre la prueba de hechos relevantes.
Artículo 21. Consecuencias del incumplimiento de las prohibiciones.
Disposición adicional primera. Modificación del Estatuto de los Trabajadores.
Disposición adicional segunda. Modificación de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley de Propiedad Horizontal.
Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Disposición adicional quinta. Memoria de accesibilidad en las infraestructuras de titularidad estatal.
Disposición adicional sexta. Observatorio Estatal de la Discapacidad.
Disposición final primera. Facultades de ejecución y desarrollo.
Disposición final segunda. Consejo Nacional de la Discapacidad.
Disposición final tercera. Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad.
Disposición final cuarta. Plan Nacional de accesibilidad.
Disposición final quinta. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en las relaciones con las Administraciones públicas.
Disposición final sexta. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público.
Disposición final séptima. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social.
Disposición final octava. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte.
Disposición final novena. Condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados y edificaciones.
Disposición final décima. Currículo formativo sobre accesibilidad universal y formación de profesionales.
Disposición final undécima. Régimen de infracciones y sanciones.
Disposición final duodécima. Lengua de signos.
Disposición final decimotercera. Sistema arbitral.
Disposición final decimocuarta. Fundamento constitucional.
Disposición final decimoquinta. Entrada en vigor.