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Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Artículo único. Aprobación y ámbito de aplicación del Reglamento.
Disposición transitoria primera. Validez de permisos, autorizaciones o tarjetas en vigor.
Disposición transitoria segunda. Solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento.
Disposición transitoria tercera. Proceso de normalización.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Disposición final segunda. Aplicación informática para la tramitación de procedimientos.
Disposición final tercera. Modificación del Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, aprobado por el Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL
Régimen de entrada y salida de territorio español CAPÍTULO I Puestos de entrada y salida
Artículo 1. Entrada por puestos habilitados.
Artículo 2. Habilitación de puestos.
Artículo 3. Cierre de puestos habilitados.
CAPÍTULO II Entrada: requisitos y prohibiciones
Artículo 5. Documentación para la entrada.
Artículo 6. Exigencia de visado.
Artículo 7. Justificación del objeto y condiciones de la entrada.
Artículo 8. Acreditación de medios económicos.
Artículo 9. Requisitos sanitarios.
Artículo 10. Prohibición de entrada.
Artículo 11. Forma de efectuar la entrada.
Artículo 12. Declaración de entrada.
Artículo 13. Denegación de entrada.
Artículo 14. Obligaciones de los transportistas de control de documentos.
Artículo 15. Obligaciones de los transportistas de remisión de información.
Artículo 16. Obligaciones de los transportistas en caso de denegación de entrada.
CAPÍTULO III Salidas: requisitos y prohibiciones
Artículo 18. Documentación. Plazos.
Artículo 19. Forma de efectuar la salida.
Artículo 20. Prohibiciones de salida.
Artículo 22. Exigencia y clases de visado de tránsito.
Artículo 23. Procedimiento.
Artículo 24. Autorización excepcional para tránsito.
TÍTULO III La estancia en España
Artículo 25. Definición de estancia.
CAPÍTULO I Requisitos y procedimiento
Artículo 26. Visados de estancia. Clases.
Artículo 27. Solicitud de visado de estancia.
Artículo 28. Documentación requerida para los visados de estancia. Procedimiento.
CAPÍTULO II Prórroga de estancia y su extinción
Artículo 29. Prórroga de estancia. Procedimiento.
Artículo 30. Extinción de vigencia de la prórroga de estancia.
CAPÍTULO III Supuestos excepcionales de estancia
Artículo 31. Estancia en supuestos de entrada o documentación irregulares.
Artículo 32. Visado de cortesía.
Articulo 33. Definición y supuestos de residencia.
CAPÍTULO I Residencia temporal
Sección 1.ª Residencia temporal
Articulo 35. Procedimiento y requisitos.
Artículo 36. Efectos del visado y duración.
Artículo 37. Renovación de la autorización de residencia temporal.
Sección 2.ª Residencia temporal en virtud de reagrupación familiar
Artículo 39. Familiares reagrupables.
Artículo 40. Reagrupación familiar por residentes reagrupados.
Artículo 41. Residencia independiente de los familiares reagrupados.
Artículo 42. Procedimiento para la reagrupación familiar.
Artículo 43. Tramitación del visado en el procedimiento de reagrupación familiar.
Artículo 44. Renovación de las autorizaciones de residencia en virtud de reagrupación familiar.
Sección 3.ª Residencia temporal en supuestos excepcionales
Artículo 45. Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Artículo 46. Procedimiento.
Artículo 47. Renovación y cese de la situación de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
CAPÍTULO II Residencia temporal y trabajo
Sección 1.ª. Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
Artículo 49. Autorización de trabajo por cuenta ajena.
Artículo 51. Procedimiento.
Artículo 52. Efectos del visado de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Artículo 53. Denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Artículo 54. Renovación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Sección 2.ª Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada
Artículo 55. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada.
Artículo 57. Procedimiento.
Sección 3.ª Residencia temporal y trabajo por cuenta propia
Artículo 59. Procedimiento.
Artículo 60. Efectos del visado de residencia y trabajo por cuenta propia.
Artículo 61. Denegación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Artículo 62. Renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.
Sección 4.ª Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios
Artículo 65. Procedimiento.
Artículo 66. Denegación de las autorizaciones de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
Artículo 67. Efectos del visado de residencia y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
Artículo 68. Excepciones a la autorización de trabajo.
Artículo 69. Procedimiento.
Artículo 70. Efectos del visado.
CAPÍTULO III Residencia permanente
Artículo 73. Procedimiento.
Artículo 74. Renovación de la tarjeta de identidad de extranjero de los residentes permanentes.
CAPÍTULO IV Extinción de las autorizaciones de residencia y/ o trabajo
Artículo 75. Extinción de la autorización de residencia temporal.
Artículo 76. Extinción de la autorización de residencia permanente.
Artículo 77. Contingente de trabajadores extranjeros.
Artículo 78. Contenido del contingente.
Artículo 79. Elaboración del contingente.
Artículo 80. Procedimiento.
Artículo 81. Visados para la búsqueda de empleo.
Artículo 82. Visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen.
Artículo 83. Visados para búsqueda de empleo para determinados sectores de actividad u ocupaciones.
TÍTULO VI Trabajadores transfronterizos
Artículo 84. Autorización de trabajo por cuenta propia o ajena para trabajadores transfronterizos.
TÍTULO VII Autorización para investigación y estudios
Artículo 87. Procedimiento.
Artículo 89. Familiares de los estudiantes e investigadores extranjeros.
Artículo 90. Trabajo de estudiantes o investigadores.
Artículo 91. Régimen especial de los estudios de especialización en el ámbito sanitario.
TÍTULO VIII Menores extranjeros
Artículo 92. Menores extranjeros no acompañados.
Artículo 93. Desplazamiento temporal de menores extranjeros.
Artículo 94. Residencia del hijo de residente legal.
TÍTULO IX Modificación de las situaciones de los extranjeros en España
Artículo 95. De la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo.
Artículo 96. De la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
Artículo 97. Compatibilidad de situación de residencia y trabajo por cuenta ajena y la residencia y trabajo por cuenta propia.
Artículo 98. De la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena.
Artículo 99. Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo.
Artículo 99 bis. Intervención de las comunidades autónomas en la modificación de autorizaciones
TÍTULO X Documentación de los extranjeros
CAPÍTULO I Derechos y obligaciones relativos a la documentación
Artículo. 100. Derechos y obligaciones.
Artículo 101. Número de identidad de extranjero.
CAPÍTULO II Acreditación de la situación de los extranjeros en España
Artículo 102. Acreditación.
Artículo 103. El pasaporte o documento de viaje.
Artículo 105. La tarjeta de identidad de extranjero.
Artículo 106. Tarjetas de trabajador transfronterizo y de estudiante.
CAPÍTULO III Indocumentados
Artículo 107. Indocumentados.
Artículo 108. Título de viaje para salida de España.
CAPÍTULO IV Registro Central de Extranjeros
Artículo 109. Registro Central de Extranjeros.
Artículo 110. Comunicación al Registro Central de Extranjero de los cambios y alteraciones de situación.
CAPÍTULO V Registro de menores extranjeros no acompañados
Artículo 111. Registro de menores extranjeros no acompañados.
TÍTULO XI Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador
CAPÍTULO I Normas comunes del procedimiento sancionador
Artículo 112. Normativa aplicable.
Artículo 113. Modalidades del procedimiento sancionador.
Artículo 114. Actuaciones previas.
Artículo 115. Iniciación del procedimiento sancionador. Competencia.
Artículo 116. Instructor y secretario.
Artículo 117. Colaboración contra redes organizadas.
Artículo 118. El decomiso.
Artículo 119. Resolución.
Artículo 120. Ejecución de las resoluciones sancionadoras.
Artículo 121. Caducidad y prescripción.
CAPÍTULO II Modalidades de tramitación del procedimiento sancionador
Sección 1.ª El procedimiento ordinario
Artículo 122. Supuestos en que procede el procedimiento ordinario.
Artículo 123. Iniciación del procedimiento ordinario.
Artículo 124. Actuaciones y alegaciones en el procedimiento ordinario.
Artículo 125. Prueba en el procedimiento ordinario.
Artículo 126. Colaboración de otras Administraciones públicas en el procedimiento ordinario.
Artículo 127. Propuesta de resolución en el procedimiento ordinario.
Artículo 128. Trámite de audiencia en el procedimiento ordinario.
Artículo 129. Resolución del procedimiento ordinario.
Sección 2.ª El procedimiento preferente
Artículo 130. Supuestos en que procede el procedimiento preferente.
Artículo 131. Iniciación y tramitación del procedimiento preferente.
Artículo 132. La resolución en el procedimiento preferente. Ejecutividad.
Artículo 133. Comunicaciones en el procedimiento preferente.
Artículo 134. Concurrencia de procedimientos.
Sección 3.ª El procedimiento simplificado
Artículo 135. Supuestos e iniciación del procedimiento simplificado.
Artículo 136. Procedimiento simplificado.
Artículo 137. Resolución del procedimiento simplificado.
CAPÍTULO III Aspectos específicos en los procedimientos sancionadores para la imposición de las infracciones de expulsión y multa
Sección 1.ª Normas procedimentales para la imposición de la expulsión
Artículo 138. Supuestos en que procede el procedimiento de expulsión.
Artículo 139. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento de expulsión.
Artículo 140. Medidas cautelares en el procedimiento de expulsión.
Artículo 141. La resolución del procedimiento de expulsión, sus efectos y ejecución.
Artículo 142. Extranjeros procesados o inculpados en procedimientos por delitos o faltas.
Artículo 143. Comunicaciones en el procedimiento de expulsión.
Sección 2.ª Normas procedimentales para la imposición de multas
Artículo 144. Supuestos de aplicación del procedimiento para imposición de sanción de multa.
Artículo 145. Contenido del acuerdo de iniciación del procedimiento para imposición de sanción de multa.
Artículo 146. Medidas cautelares en el procedimiento para imposición de sanción de multa.
Artículo 147. Resolución del procedimiento para imposición de sanción de multa. Efectos y ejecutividad.
CAPÍTULO IV Infracciones y sanciones en el orden social y vigilancia laboral
Artículo 148. Vigilancia laboral.
Artículo 149. Infracciones y sanciones en el orden social.
CAPÍTULO V Infracciones, sanciones y obligación de su comunicación interorgánica
Artículo 150. Otras infracciones y sanciones.
Artículo 151. Comunicación interorgánica de infracciones.
Artículo 152. Comunicaciones de los órganos judiciales a la autoridad gubernativa en relación con extranjeros.
CAPÍTULO VI Centros de internamiento de extranjeros
Artículo 153. Centros de internamiento de extranjeros.
Artículo 154. Competencia.
Artículo 155. Creación y normas sobre régimen interno de los centros.
TÍTULO XII Retorno, devolución y salidas obligatorias
Artículo 157. Devoluciones.
Artículo 158. Salidas obligatorias.
TÍTULO XIII Oficinas de Extranjeros y centros de migraciones
CAPÍTULO I Las Oficinas de Extranjeros
Artículo 160. Dependencia.
CAPÍTULO II Los centros de migraciones
Artículo 163. La red pública de centros de migraciones.
Artículo 164. Régimen jurídico de los centros de migraciones.
Artículo 165. Ingreso en centros de migraciones.
Disposición adicional primera. Atribución de competencias en materia de informes, resoluciones y sanciones.
Disposición adicional segunda. Normativa aplicable a los procedimientos.
Disposición adicional tercera. Lugares de presentación de las solicitudes.
Disposición adicional cuarta. Legitimación y representación.
Disposición adicional quinta. Normas comunes para la resolución de visados.
Disposición adicional sexta. Procedimiento en materia de visados.
Disposición adicional séptima. Exigencia, normativa y convenios en materia sanitaria.
Disposición adicional octava. Plazos de resolución de los procedimientos.
Disposición adicional novena. Silencio administrativo.
Disposición adicional décima. Recursos.
Disposición adicional undécima. Tratamiento preferente.
Disposición adicional duodécima. Cobertura de puestos de confianza.
Disposición adicional decimotercera. Cotización por la contingencia de desempleo.
Disposición adicional decimocuarta. Acceso de los menores a la enseñanza no obligatoria.
Disposición adicional decimoquinta. Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.
Disposición adicional decimosexta. Desconcentración de la competencia de cierre de puestos habilitados.
Disposición adicional decimoséptima. Autorización de trabajo de los extranjeros solicitantes de asilo.
Disposición adicional decimoctava. Representantes de las organizaciones empresariales en el extranjero.
Disposición adicional decimonovena. Facilitación de la entrada y residencia de los familiares de ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, no incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Disposición adicional vigésima. Normativa aplicable a miembros de la familia de ciudadano español que no tengan la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.