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Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprueba la nueva redacción oficial de la Ley Hipotecaria.
TÍTULO I Del Registro de la Propiedad y de los títulos sujetos a inscripción
TÍTULO II De la forma y efectos de la inscripción
TÍTULO III De las anotaciones preventivas
TÍTULO IV De la extinción de las inscripciones y anotaciones preventivas
TÍTULO IV BIS De la conciliación
TÍTULO V De las hipotecas
Sección 1.ª De la hipoteca en general
Sección 2.ª De las hipotecas voluntarias.
Sección 3.ª De las hipotecas legales
TÍTULO VI De la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica
TÍTULO VII De la rectificación de los errores en los asientos
TÍTULO VIII De la publicidad de los Registros
Sección 1.ª De la información registral
Sección 2.ª De las certificaciones
TÍTULO IX Del modo de llevar los Registros
Información y protección al consumidor
TÍTULO X De la Dirección e Inspección de los Registros
TÍTULO XI De la demarcación de los Registros y del nombramiento, cualidades y deberes de los Registradores
TÍTULO XII De la responsabilidad y del régimen disciplinario de los registradores
Sección 1.ª De la responsabilidad de los Registradores
Sección 2.ª Del régimen disciplinario de los Registradores
TÍTULO XIII De los documentos no inscritos
TÍTULO XIV Recursos contra la calificación
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria tercera.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria quinta.
Disposición transitoria sexta.
Disposición transitoria séptima.
Disposición transitoria octava.
Disposición transitoria novena.
Disposición transitoria décima.
Disposición final derogatoria.