Renovación de la Declaración formulada por España relativa al artículo 46 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, hecho en Roma el 4 de noviembre de 1950.
Tengo el honor de declarar, de conformidad con las disposiciones del artículo 46 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, firmado en Roma el 4 de noviembre de 1980, anmendado por los Protocolos adicionales números 3 y 5, de 6 de mayo de 1963 y 20 de enero de 1966, respectivamente que España reconoce, por un nuevo período de tres años a partir del 15 de octubre de 1982, como obligatoria de pleno derecho y sin convenio especial, bajo condición de reciprocidad, la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para conocer de todos los asuntos relativos a la interpretación y aplicación de dicho Convenio que se susciten con posterioridad al 14 de octubre de 1982.
Madrid, 24 de septiembre de 1982.
El Ministro de Asuntos Exteriores.
José Pedro Pérez-Llorca
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 15 de octubre de 1982.- El Secretario general Técnico, José Antonio de Yturriaga Barberán.