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Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía.
CAPÍTULO I Medidas en materia de empleo público
Artículo 1. Recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público.
Artículo 2. Modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Artículo 3. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
CAPÍTULO II Créditos extraordinarios y Suplementos de Crédito
Artículo 4. Concesión de un suplemento de crédito en el Presupuesto de la Sección 31 «Gastos de diversos Ministerios» y autorización para efectuar transferencias de crédito.
Artículo 5. Concesión de un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Defensa.
Artículo 6. Concesión de créditos extraordinarios y de un suplemento de crédito en el Presupuesto del Ministerio de Fomento y modificación del presupuesto de explotación de SASEMAR.
Artículo 7. Concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
Artículo 8. Modificación de los presupuestos de las Confederaciones Hidrográficas.
Artículo 9. Financiación de los créditos extraordinarios.
Artículo 10. Aplicación de los gastos al presupuesto.
CAPÍTULO III Otras medidas
Artículo 11. Anticipos de financiación a favor de determinados municipios.
Artículo 12. Modificación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Disposición adicional primera. Permisos y vacaciones de los funcionarios públicos.
Disposición adicional segunda. Aplicación del permiso por asuntos particulares por antigüedad a la Administración General del Estado.
Disposición adicional tercera. Vacaciones adicionales por antigüedad en la Administración General del Estado.
Disposición adicional cuarta. Gestión del Programa Operativo Iniciativa PYME 2014-2020.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
ANEXO I Sección 17: Ministerio de Fomento
ANEXO II Sociedad Estatal de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR)
ANEXO III Sección 23: Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
ANEXO IV Modificación de los Presupuestos de las Confederaciones Hidrográficas