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Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 2. Fines del sistema.
Artículo 3. Principios del sistema.
CAPÍTULO II Planificación y financiación de la formación profesional para el empleo
Artículo 4. Prospección y detección de necesidades formativas.
Artículo 5. Escenario plurianual.
Artículo 6. Financiación.
Artículo 7. Módulos económicos.
CAPÍTULO III Programación y ejecución de la formación
Artículo 8. Iniciativas de formación profesional para el empleo.
Artículo 9. Formación programada por las empresas.
Artículo 10. Oferta formativa para trabajadores ocupados.
Artículo 11. Oferta formativa para trabajadores desempleados.
Artículo 12. Organización de la formación programada por las empresas para sus trabajadores.
Artículo 13. Programación y gestión de las ofertas formativas.
Artículo 14. Impartición de la formación.
Artículo 15. Acreditación y registro de las entidades de formación.
Artículo 16. Obligaciones de las entidades de formación.
CAPÍTULO IV Control de la formación y régimen sancionador
Artículo 17. Seguimiento y control.
Artículo 18. Refuerzo del control y la capacidad sancionadora.
Artículo 19. Infracciones y sanciones.
CAPÍTULO V Sistemas de información, evaluación y calidad
Artículo 20. Sistema integrado de información.
Artículo 21. Evaluación de la formación: Impacto y eficiencia.
Artículo 22. Calidad de la formación.
CAPÍTULO VI Gobernanza del sistema
Artículo 23. Órgano de participación de las Administraciones Públicas y los Interlocutores Sociales.
Artículo 24. Administraciones públicas competentes y coordinación del sistema.
Artículo 25. Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Artículo 26. Estructuras paritarias sectoriales.
Disposición adicional primera. Apoyo a pequeñas y medianas empresas.
Disposición adicional segunda. Impulso al cheque de formación.
Disposición adicional tercera. Impulso a instrumentos clave del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
Disposición adicional cuarta. Elaboración de estadísticas.
Disposición adicional quinta. Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
Disposición adicional sexta. Financiación de las actividades de prospección y planificación.
Disposición adicional séptima. Evaluación de las medidas de apoyo a la contratación.
Disposición adicional octava. Remanentes de crédito incorporables.
Disposición adicional novena. Gasto público.
Disposición adicional décima. Límites a los pagos anticipados.
Disposición adicional undécima. Financiación de acciones de fomento del empleo en 2015.
Disposición adicional duodécima. Comunidad Autónoma del País Vasco.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo.
Disposición transitoria segunda. Competencias transversales prioritarias para 2015.
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los contratos predoctorales vigentes a la fecha de entrada en vigor de esta ley.
Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio hasta la suscripción de convenios entre el Servicio Público de Empleo Estatal y las comunidades autónomas.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Disposición final primera. Título competencial.
Disposición final segunda. Unidad especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
Disposición final octava. Modificación de disposiciones reglamentarias.
Disposición final novena. Habilitación reglamentaria.
Disposición final décima. Entrada en vigor.