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Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
TÍTULO I Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1. Definición y objeto del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 2. Principios ordenadores del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
CAPÍTULO II Personal del Sistema de Inspección
Sección 1.ª Personal con funciones inspectoras
Artículo 3. Funcionarios que lo integran.
Artículo 4. Régimen jurídico.
Artículo 5. Ingreso y provisión de puestos de los Cuerpos Nacionales del personal con funciones inspectoras.
Artículo 6. Registro integrado del personal inspector.
Sección 2.ª Personal técnico y administrativo
Artículo 7. Personal técnico y administrativo.
CAPÍTULO III Derechos y deberes
Artículo 9. Deberes y código de conducta.
Artículo 10. Deber de sigilo e incompatibilidades.
Artículo 11. Formación, promoción y participación en objetivos.
TÍTULO II Funcionamiento del Sistema
CAPÍTULO I De las funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Artículo 12. De la función inspectora.
Artículo 13. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias.
Artículo 14. Funciones de los Subinspectores Laborales.
Artículo 15. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras.
Artículo 16. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 17. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 18. De la colaboración con los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
CAPÍTULO II De las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Artículo 19. Ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 20. Normas generales, origen de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y condición de interesado.
Artículo 21. Modalidades y documentación de la actuación inspectora.
Artículo 22. Medidas derivadas de la actividad inspectora.
Artículo 23. Presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras.
Artículo 24. Información del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
TÍTULO III Organización del Sistema
CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 25. Cooperación y participación de las Administraciones Públicas.
Artículo 26. Definición de los servicios y puestos de inspección.
CAPÍTULO II Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Artículo 27. Creación del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 28. Estructura del Organismo Estatal.
Artículo 29. El Consejo Rector.
Artículo 30. El Consejo General.
Artículo 31. El Director.
Artículo 32. Estructura territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
CAPÍTULO III Cooperación autonómica
Artículo 33. Autoridad Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 34. Comisión Operativa Autonómica de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 35. Participación institucional.
Disposición adicional primera. Entrada en funcionamiento efectivo del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición adicional segunda. Estructura del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición adicional tercera. Régimen competencial.
Disposición adicional cuarta. Integración de servicios y personal.
Disposición adicional quinta. Cuerpo de Subinspectores Laborales.
Disposición adicional sexta. Adscripción de los Cuerpos Nacionales del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición adicional séptima. Referencias normativas.
Disposición adicional octava. Comunidades Autónomas con funciones y servicios traspasados en materia de función pública inspectora.
Disposición adicional novena. Alta Inspección del Estado en el orden social.
Disposición adicional décima. Gasto público.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de la organización de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio en la atribución de competencias sancionadoras.
Disposición transitoria tercera. Titulación de acceso a la Escala de Empleo y Seguridad Social del Cuerpo de Subinspectores Laborales.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Disposición final segunda. Título competencial.
Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.