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Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial.
TÍTULO I Mejoras de la financiación bancaria a las pequeñas y medianas empresas
CAPÍTULO I Derechos de las pymes en supuestos de cancelación o reducción del flujo de financiación
Artículo 1. Preaviso por terminación o disminución del flujo de financiación a una pyme.
Artículo 2. Información Financiera-PYME.
Artículo 3. Irrenunciabilidad de los derechos e información contractual.
Artículo 4. Supervisión y régimen sancionador.
CAPÍTULO II Mejora del régimen jurídico de las sociedades de garantía recíproca y de las sociedades de reafianzamiento
Artículo 5. Modificación de la Ley 1/1994, de 11 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca.
TÍTULO II Régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito
Artículo 6. Establecimientos financieros de crédito.
Artículo 7. Régimen jurídico.
Artículo 8. Reserva de denominación.
Artículo 9. Autorización y registro.
Artículo 10. Autorización de operaciones de modificación estructural.
Artículo 11. Autorización de entidades híbridas.
Artículo 12. Supervisión y solvencia.
Artículo 13. Obligaciones de información de los establecimientos financieros de crédito.
Artículo 14. Régimen sancionador.
TÍTULO III Régimen jurídico de las titulizaciones
CAPÍTULO I Los fondos de titulización
Artículo 15. Fondos de titulización y sus compartimentos.
Artículo 16. Activo de los fondos de titulización.
Artículo 17. Transmisión de activos.
Artículo 18. Pasivo de los fondos de titulización.
Artículo 19. Titulización sintética.
Artículo 20. Fondos de titulización cerrados.
Artículo 21. Fondos de titulización abiertos.
Artículo 22. Requisitos de constitución de los fondos de titulización.
Artículo 23. Extinción de los fondos.
Artículo 24. Modificación de la escritura pública de constitución del fondo de titulización.
CAPÍTULO II Sociedades gestoras de fondos de titulización
Artículo 25. Objeto social.
Artículo 26. Obligaciones de las sociedades gestoras.
Artículo 27. Autorización y registro de las sociedades gestoras de fondos de titulización.
Artículo 28. Reserva de actividad y denominación.
Artículo 29. Requisitos para ejercer la actividad.
Artículo 30. Requisitos organizativos.
Artículo 31. Modificación de Estatutos.
Artículo 33. Sustitución forzosa.
CAPÍTULO III Régimen de transparencia y junta de acreedores
Artículo 34. Obligaciones de información.
Artículo 35. Informe anual e informes trimestrales.
Artículo 36. Comunicación de hechos relevantes.
Artículo 37. Junta de acreedores.
CAPÍTULO IV Régimen de supervisión y sanción
Artículo 38. Función supervisora y régimen sancionador.
Artículo 39. Infracciones muy graves.
Artículo 40. Infracciones graves.
Artículo 41. Infracciones leves.
TÍTULO IV Mejoras en el acceso y funcionamiento de los mercados de capitales
Artículo 43. Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
«CAPÍTULO II Emisiones de obligaciones u otros valores que reconozcan o creen deuda
Artículo 44. Modificación de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas.
Artículo 45. Modificación del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
TÍTULO V Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa
Sección 1.ª Relativa a las plataformas de financiación participativa armonizadas por el derecho de la Unión Europea
Artículo 46. Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa armonizadas por el Derecho de la Unión Europea.
Artículo 47. Autorización de las plataformas de financiación participativa por la CNMV.
Artículo 49. Autoridad nacional competente.
Artículo 50. Colaboración con otras autoridades competentes.
Artículo 51. Ficha de datos fundamentales de la inversión.
Artículo 52. Ficha de datos fundamentales de la plataforma.
Artículo 53. Infracciones por incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020.
Artículo 54. Régimen sancionador.
Sección 2.ª Plataformas de financiación participativa no armonizadas por el derecho de la Unión Europea
Artículo 55. Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa no armonizadas.
Sección 3.ª Agrupación de inversores
Artículo 56. Agrupación de inversores.
Artículo 57. Solicitud de autorización e inscripción.
Artículo 58. Modificación de la autorización.
Artículo 59. Revocación, suspensión y renuncia de la autorización.
Artículo 60. Principios generales.
Artículo 61. Obligaciones de información general.
Artículo 62. Conflictos de interés.
Artículo 63. Proyectos vinculados.
Artículo 65. Conservación de información.
Artículo 66. Diligencia en la admisión y comprobación de la identidad del promotor.
Artículo 67. Requisitos de los promotores.
Artículo 68. Límites al número de proyectos e importe máximo de captación.
Artículo 69. Límites temporales y cuantitativos del proyecto.
Artículo 70. Información sobre el proyecto.
Artículo 71. Responsabilidad de la plataforma de financiación participativa respecto de la información del proyecto.
Artículo 72. Obligaciones adicionales respecto de la información.
Artículo 73. Responsabilidad de los promotores por la información publicada.
Artículo 74. Idoneidad de los préstamos concedidos.
Artículo 75. Información sobre el promotor que capta financiación mediante préstamos.
Artículo 76. Información sobre los préstamos.
Artículo 77. Idoneidad de los valores emitidos.
Artículo 78. Información sobre el promotor que emite valores.
Artículo 79. Información sobre la oferta de valores.
Artículo 80. Requisitos de los Estatutos sociales de los promotores.
Artículo 81. Tipos de inversores.
Artículo 82. Límites a la inversión en proyectos publicados en plataformas de financiación participativa.
Artículo 83. Requisitos de información previos a la inversión.
Artículo 84. Expresiones del inversor.
Artículo 85. Aplicación del derecho de protección de los usuarios e inversores de plataformas de financiación participativa.
Artículo 86. Aplicación del derecho de consumo a las plataformas de financiación participativa.
Artículo 87. Prohibición de préstamos o créditos hipotecarios en proyectos con consumidores.
Artículo 88. Advertencias a realizar.
Artículo 89. Régimen de inspección y sanción.
Artículo 90. Facultades de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y cooperación con el Banco de España.
Artículo 91. Comunicaciones a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Artículo 92. Infracciones.
TÍTULO VI Refuerzo de la capacidad de supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Artículo 94. Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Disposición adicional primera. Régimen fiscal de los establecimientos financieros de crédito.
Disposición adicional segunda. Reconocimiento de los establecimientos financieros de crédito en el marco del Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de junio de 2013 sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012.
Disposición adicional tercera. Reducción de aranceles.
Disposición adicional cuarta. Certificados de transmisión de hipoteca.
Disposición adicional quinta. Régimen aplicable a las emisiones de obligaciones realizadas por sociedades distintas de las sociedades de capital, asociaciones u otras personas jurídicas.
Disposición adicional sexta. Mejora de la protección a los clientes de los servicios financieros.
Disposición transitoria primera. Procedimientos de autorización de creación de sociedades de garantía recíproca en curso.
Disposición transitoria segunda. Adaptación a la nueva normativa para sociedades de garantía recíproca.
Disposición transitoria tercera. Transformación de establecimientos financieros de crédito en entidades de pago o de dinero electrónico híbridas.
Disposición transitoria cuarta. Procedimientos de autorización en curso de establecimientos financieros de crédito.
Disposición transitoria quinta. Información contable a remitir por los establecimientos financieros de crédito.
Disposición transitoria sexta. Adaptación a la nueva normativa para sociedades gestoras de fondos de titulización.
Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio de los fondos de titulización.
Disposición transitoria octava. Régimen transitorio de las titulizaciones de derechos de crédito futuros.
Disposición transitoria novena. Régimen transitorio de las sociedades cuyas acciones estén siendo negociadas exclusivamente en un sistema multilateral de negociación, que alcancen una capitalización bursátil superior a quinientos millones de euros.
Disposición transitoria décima. Emisiones de obligaciones de conformidad con la Ley 211/1964, de 24 de diciembre, sobre regulación de la emisión de obligaciones por Sociedades que no hayan adoptado la forma de Anónimas, Asociaciones u otras personas jurídicas y la constitución del Sindicato de Obligacionistas.
Disposición transitoria undécima. Ejercicio previo de la actividad de las plataformas de financiación participativa.
Disposición final primera. Modificación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
Disposición final quinta. Modificación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
«TÍTULO III Régimen sancionador por incumplimiento de las medidas para el inicio y ejercicio de la actividad comercial y de determinados servicios
Disposición final sexta. Modificación de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Disposición final séptima. Modificación de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
Disposición final octava. Modificación de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria.
Disposición final novena. Modificación de la Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Disposición final décima. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Disposición final undécima. Título competencial.
Disposición final duodécima. Habilitación normativa.
Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.