Creación, modificación o supresión de ficheros está regulada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)
En fecha 15 de marzo de 2011, esta Presidencia adoptó la siguiente Resolución: "La creación, modificación o supresión de ficheros está regulada en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), desarrollada por el Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre (RLPD). La expresada normativa encuentra su fundamento en el artículo 18 de la Constitución Española, que reconoce como derecho fundamental el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, estableciendo que la Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
La mencionada Ley Orgánica establece un conjunto de medidas para garantizar y proteger el derecho fundamental a la autodeterminación informativa o derecho a la autodisposición de las informaciones personales. Este derecho se garantiza imponiendo unas obligaciones a las organizaciones que manejan datos de carácter personal, ya tengan carácter privado o público, como es el caso del Consorcio "Patronato Provincial de Turismo de León", ente de carácter público con personalidad jurídica propia y dependiente de la Diputación Provincial de León, en los términos del art. 7 de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León y cuyo Estatuto regulador fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LEÓN núm. 47/2008, de 7 de marzo.
La primera de estas obligaciones es la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal y su inscripción en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, a la que se unen las de tratar y recoger adecuadamente los datos, facilitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, así como aprobar e implantar las medidas de seguridad necesarias y el documento de seguridad correspondiente.
Para dar cumplimiento de estas obligaciones legales, esta Presidenta, de conformidad con las atribuciones que le confieren los artículos 11.1i) del Estatuto del Consorcio y 34 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelve:
1º.- Crear el fichero de datos de carácter personal denominado "Consorcio Patronato Provincial de Turismo de León", de conformidad con las prescripciones establecidas en el Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, con las indicaciones siguientes:
a) Finalidad del fichero y usos previstos: gestión y administración de la documentación administrativa que genera la actividad del Consorcio.
b) Origen de los datos: de los propios interesados
c) Procedimiento de recogida de los datos: mediante formularios e impresos
d) Estructura básica y tipo de datos de carácter personal incluidos en el fichero: datos carácter identificativo (nombre y apellidos, D. N. I, dirección postal o electrónica), datos económicos (cuenta bancaria).
e) Sistema de tratamiento: mixto
f) Comunicaciones de datos previstos: no se prevén
g) Transferencias internacionales: no se prevén
h) Órgano responsable del fichero: Consorcio Patronato Provincial de Turismo de León. Gerencia
i) Servicio o unidad ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO): Consorcio Patronato Provincial de Turismo de León. Plaza de Regla núm. 5, Edificio Torreón 24003 León. Dirección correo electrónico: consorcio. turismo@ dipuleon. es.
j) Nivel de seguridad: básico.
2º.- Por el responsable del fichero se adoptarán las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y asegurar que el tratamiento de los datos se utiliza exclusivamente para las finalidades para las que fueron recogidos, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el R. D. 1.720/2007, de 21 de diciembre.
3º.- Determinar que las personas afectadas por estos ficheros de datos de carácter personal puedan ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición a los mismos, cuando proceda, ante el órgano o unidad que en el fichero se concreta.
4º.- Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).
5º.- Remitir a la Agencia Española de Protección de Datos la presente resolución de creación del fichero, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en la Sección 1, del Capítulo IV del Título IX del Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre, encomendando su notificación en soporte electrónico a la Gerencia del Consorcio".
Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
León, 15 de marzo de 2011.- La Presidenta del Consorcio, Isabel Carrasco Lorenzo.