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Divorcio
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 06-06-2018
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Matrimonio / Divorcio
- Número: 9934
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Crisis matrimoniales: nulidad, separación y divorcio, DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, DOBLE NACIONALIDAD, El divorcio, la acción de divorcio, la sentencia y efectos del divorcio., EXEQUATUR, Las crisis matrimoniales: Nulidad, separación y divorcio, Los títulos ejecutivos extranjeros. Aplicación de la Ley de cooperación jurídica internacional en materia civil. Mención espe, MATRIMONIO CON EXTRANJERO, Reconocimiento de actos y documentos extranjeros, Régimen del proceso civil con elemento extranjero
1. Solicitud de exequatur. |
2. Sentencia que se solicita que sea reconocida. |
3. Despacho del fiscal que no se opone al reconocimiento de la sentencia. |
4. Auto Censurado |
Que el 1 de marzo de 2008 contraen matrimonio Doña Mercedes (nacionalidad española y venezolana) y Don Mauricio (nacionalidad venezolana) en el Registro Civil de Venezuela. El matrimonio fue inscrito en el Consulado de España en Venezuela. No han tenido descendencia.
Que el 25 de febrero de 2016 se dictó separación de mutuo acuerdo. El 27 de marzo de 2017 Doña Mercedes solicitó el divorcio siendo notificado Don Mauricio que mostró su conformidad con la decisión.
El 19 de mayo de 2017 se dictó Resolución de divorcio cuya reconocimiento y ejecución se pretende reconocer en España.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se dicte Resolución homologando y reconociendo la Sentencia de Divorcio acordada por el Tribunal de Venezuela en virtud del cual se declaró la conversión en divorcio de la separación de Doña Mercedes (nacionalidad española y venezolana) y de Don Mauricio (nacionalidad venezolana).
Que se inscriba la anulación matrimonial de Doña Mercedes y Don Mauricio en el Registro Civil correspondiente.
La estrategia. Solución propuesta.
En el presente procedimiento se solicita el exequatur de una Sentencia de divorcio dictada en un país extranjero para que pueda inscribirse dicha anulación matrimonial en el registro correspondiente.
El Fiscal no se opone a la misma y el auto estima la solicitud ya que reune con los requisitos que así se establecen en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional.