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Contrato de Trabajo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-03-2018
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
- Número: 9514
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DESPIDO IMPROCEDENTE
1. Demanda |
2. Ampliación de la demanda |
3. Contestación a la demanda |
4. Acta de conciliación |
5. Decreto de aprobación de acta conciliación |
Desde mayo de 2015, Don Carlos prestaba sus servicios como limpiador para la Comunidad de Propietarios, subrogandose Empresa SL en el contrato que Don Carlos tenía con otra entidad. Sin embargo, el 31 de enero de 2017 la Comunidad de Propietarios le comunica a Don Carlos que había rescindido el contrato que vinculaba a la Comunidad con Empresa SL, alegando haber elegido otra empresa más económica; y que por ello no se incorporara al día siguiente. Ante dicha sorpresa, Don Carlos contactó con su jefe, quien le dijo que era decisión unilateral de la Comunidad de Propietarios y que debía seguir acudiendo a su puesto de trabajo y que la nueva contrata (Entidad SL) debía subrogarse con él.
El día 6 de febrero de 2017, se comunica a Don Carlos su baja en la Seguridad Social por subrogación, pero Entidad SL no se subrogó por lo que Don Carlos perdió su puesto de trabajo.
Objetivo. Cuestión planteada.
- Que no se condene a Empresa SL por despido improcedente.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en demostrar que Empresa SL no debe responder del despido improcedente puesto que cesó su actividad y extinguió su personalidad jurídica.