Seguridad Social

Laboral. Incapacidad Permanente total. Denegación.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 12-05-2010
  • Materia: Derecho Social
  • Especialidad: / Derecho Social / Seguridad Social
  • Número: 7913
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COMISIONES DE EVALUACION DE INCAPACIDADES, INCAPACIDAD PERMANENTE, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, RECLAMACIÓN PREVIA A LA VIA JUDICIAL, TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 17-04-2009

El día 17 de Abril de 2009, se notifica a Doña Angeles, la Resolución de la Dirección Provincial del INSS, en virtud del cual se deniega la petición de esta parte de estar afecta a una Incapacidad Permanente Total para la Profesión Habitual. Contra la resolución antes citada, Doña Angeles interpuso la correspondiente Reclamación Previa a la vía Laboral. Contra la Reclamación Previa, se contesta por el INSS, denegando la misma, en la que se limita a decir que las lesiones de Doña Angeles han sido debidamente valoradas, no habiéndose aportado al expediente informe médico alguno que desvirtuara la resolución primera que fue recurrida.

Hemos de señalar que la profesión de Doña Angeles es la de cocinera de colectividades, siendo la contingencia de Enfermedad común, siendo la base de cotización la de 938,76 euros.



Objetivo. Cuestión planteada.

El cliente pretende que se le declare una incapacidad permanente total para el desarrollo profesional.



La estrategia. Solución propuesta.

El abogado pretende demostrar que las dolencias de su cliente no le permiten un desarrollo normal de su actividad habitual, por lo que le correspondería la incapacidad permanente total para el desempeño de su profesión.



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