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Propiedad industrial
Propiedad intelectual e industrial. Demanda de solicitud de medidas cautelares. Mercantil vulnera acuerdo de distribución selectiva y gratuita de muestras de un producto nuevo.
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-12-2005
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Propiedad Intelectual e Industrial / Propiedad industrial
- Número: 672
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: DELITO CONTRA LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, DISTRIBUCIÓN COMERCIAL, Marcas, MEDIDAS CAUTELARES, Oficina Española de Patentes y Marcas, Registro de la Propiedad Industrial
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Valencia, 01-12-2004
La compañía mercantil multinacional XXX, titular de la marca notoria X debidamente registrada ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, comercializa en España sus productos mediante un sistema de distribución selectiva, el cual ha sido autorizado por el Tribunal de Defensa de la Competencia. En el sistema de distribución de los productos de la compañía XXX se regula expresamente la entrega en depósito del material de demostración, material de muestra para que los consumidores prueben el producto y comprueben si es o no de su gusto. El material de promoción es propiedad del distribuidor selectivo de cada territorio (XXX, en España), y no del distribuidor autorizado. El distribuidor autorizado tiene expresamente prohibido vender el material de promoción.
La compañía XXX ha tenido conocimiento, el día 1 de diciembre de 2004, fecha de inicio del supuesto de hecho, que la compañía de telecomunicaciones YYY, la cual tiene por objeto social la comercialización al mayor y al detalle, ofrece el producto de la compañía XXX como regalo al comprar un teléfono móvil, según promoción de dicha mercantil YYY en la campaña de navidad de 2004. El día 17 de diciembre de 2004, el distribuidor español XXX remitió a la compañía YYY requerimiento informándole sobre la existencia del sistema de distribución selectiva e instándola a que termine con la promoción.
Posteriormente, la compañía XXX tiene conocimiento de que, además, la compañía YYY es titular de una página web que ofrece venta al por mayor de los productos de la marca X, titularidad de XXX que entrega en depósito a los distribuidores autorizados, quienes tienen prohibida su venta.
La compañía XXX ha tenido conocimiento, el día 1 de diciembre de 2004, fecha de inicio del supuesto de hecho, que la compañía de telecomunicaciones YYY, la cual tiene por objeto social la comercialización al mayor y al detalle, ofrece el producto de la compañía XXX como regalo al comprar un teléfono móvil, según promoción de dicha mercantil YYY en la campaña de navidad de 2004. El día 17 de diciembre de 2004, el distribuidor español XXX remitió a la compañía YYY requerimiento informándole sobre la existencia del sistema de distribución selectiva e instándola a que termine con la promoción.
Posteriormente, la compañía XXX tiene conocimiento de que, además, la compañía YYY es titular de una página web que ofrece venta al por mayor de los productos de la marca X, titularidad de XXX que entrega en depósito a los distribuidores autorizados, quienes tienen prohibida su venta.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la compañía XXX que pretende el cese de la comercialización de los productos de muestra salvo en los términos pactados en los contratos de distribución, es decir, comercializándolos como muestra gratuita para los consumidores.
La estrategia. Solución propuesta.
Consiste en solicitar las medidas cautelares adecuadas con el fin de paralizar las actividades de venta de sus productos mientras se prepara e interpone la Demanda y posterior trámite, hasta que se resuelva el procedimiento declarativo. Para ello tratará de demostrar la urgencia y gravedad de la situación que requiere la adopción de las medidas cautelares previas a la formulación de la Demanda, en atención a la concurrencia de los requisitos del fumus boni iuris o apariencia de buen derecho, periculum in mora o peligro de la mora procesal, y la prestación de caución suficiente.
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