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Por actos propios
Responsabilidad extracontractual por actos propios. Reclamación de reparación e indemnización, por daños y perjuicios, de un propietario contra la comunidad de propietarios por filtraciones de agua.
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 12-02-2003
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Responsabilidad extracontractual / Por actos propios
- Número: 631
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ACCIÓN DECENAL, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, PERITAJE, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL POR ACTO PROPIO
Supuesto de hecho.
Objetivo. Cuestión planteada.
La estrategia. Solución propuesta.
Sant Boi de Llobregat (Barcelona), 11-03-2002
El supuesto de hecho se inicia el 11 de marzo de 2002 fecha en la que el piso, propiedad de la señora C, empieza a sufrir filtraciones de agua en el techo de diversas habitaciones, causando daños en el enyesado y en la pintura.
La compañía aseguradora del piso de la señora C, elaboró en marzo de 2002 un informe en el que se valoraban los daños producidos, y se concluía que las filtraciones provenían de la cubierta del edificio. Ante dicho informe, la aseguradora remitió en el mes de abril de 2002 a la Comunidad de Propietarios un burofax conminándole a efectuar de inmediato, y a su costa, las obras de reparación necesarias para subsanar dicha circunstancia, reclamándole además el pago del valor de los daños ocasionados. La aseguradora del piso de la señora C también se puso en contacto con la aseguradora de la Comunidad de Propietarios, que hizo caso omiso a los requerimientos formulados.
La Comunidad de Propietarios, tras recibir el burofax referido, celebró tres juntas extraordinarias en los meses de junio, julio y octubre siguientes para tratar el tema casi monográficamente, y acordó solicitar un peritaje a un arquitecto para averiguar el origen de los defectos que ocasionaban las filtraciones. Asimismo, acordó iniciar acciones legales contra la constructora de la edificación si un estudio jurídico previo lo consideraba viable, habiendo procedido previamente para ello a solicitar a los copropietarios la oportuna provisión de fondos mediante derrama extraordinaria.
El peritaje encargado por la comunidad concluyó que las patologías observadas en la edificación se deben a una mala ejecución final de las obras efectuadas por la empresa constructora. Pese a ello, a finales de junio, una vez celebrada la primera junta extraordinaria, la señora C presentó Demanda de Juicio Ordinario contra la comunidad de propietarios reclamando tanto la reparación a costa de ésta, como el pago del valor de los daños ocasionados por las filtraciones.
La compañía aseguradora del piso de la señora C, elaboró en marzo de 2002 un informe en el que se valoraban los daños producidos, y se concluía que las filtraciones provenían de la cubierta del edificio. Ante dicho informe, la aseguradora remitió en el mes de abril de 2002 a la Comunidad de Propietarios un burofax conminándole a efectuar de inmediato, y a su costa, las obras de reparación necesarias para subsanar dicha circunstancia, reclamándole además el pago del valor de los daños ocasionados. La aseguradora del piso de la señora C también se puso en contacto con la aseguradora de la Comunidad de Propietarios, que hizo caso omiso a los requerimientos formulados.
La Comunidad de Propietarios, tras recibir el burofax referido, celebró tres juntas extraordinarias en los meses de junio, julio y octubre siguientes para tratar el tema casi monográficamente, y acordó solicitar un peritaje a un arquitecto para averiguar el origen de los defectos que ocasionaban las filtraciones. Asimismo, acordó iniciar acciones legales contra la constructora de la edificación si un estudio jurídico previo lo consideraba viable, habiendo procedido previamente para ello a solicitar a los copropietarios la oportuna provisión de fondos mediante derrama extraordinaria.
El peritaje encargado por la comunidad concluyó que las patologías observadas en la edificación se deben a una mala ejecución final de las obras efectuadas por la empresa constructora. Pese a ello, a finales de junio, una vez celebrada la primera junta extraordinaria, la señora C presentó Demanda de Juicio Ordinario contra la comunidad de propietarios reclamando tanto la reparación a costa de ésta, como el pago del valor de los daños ocasionados por las filtraciones.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la Comunidad de Propietarios y su objetivo principal es no tener que costear las obras de reparación del edificio, ni satisfacer indemnización alguna a la señora C por los desperfectos causados en su vivienda.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado se basa en demostrar que la responsabilidad de los daños sufridos en el piso de la señora C no recae sobre la Comunidad de Propietarios, sino sobre la empresa constructora, dado que el origen de tales daños se encuentra en la mala ejecución final de las obras efectuadas por dicha empresa constructora y que dichos daños se han producido antes del transcurso de 10 años desde la construcción del edificio.
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