Usurpación

Delito de usurpación de bien inmueble. Ocupación sin consentimiento de los propietarios.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 06-05-2008
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Usurpación
  • Número: 571
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ABSOLUCIÓN, Ocupación, PROCEDIMIENTO ABREVIADO, USURPACIÓN

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Badalona (Barcelona), 19-01-2005
En fecha 19 de enero de 2005 D. Ángel, D. Benito, D. Carlos y Dª Diana, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes penales, accedieron al inmueble sito en una calle de Badalona, propiedad de D. Agustín y Dª María, sin consentimiento de sus propietarios, y sin ostentar título legítimo para ello, aprovechando que el inmueble no estaba habitado, permaneciendo en él en contra de la voluntad de sus propietarios y pese a los apercibimientos efectuados por el Juez de Instrucción.


Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. Ángel y su objetivo es demostrar que los hechos que se le imputan no son objeto de delito, por cuanto, si bien accedió junto con el resto de acusados al inmueble sito en una calle de Barcelona, no hubo voluntad de permanencia ni de ocupación de este.

El inmueble había sido ocupado previa y anteriormente por terceras personas. El motivo que le condujo a entrar en el citado inmueble fue el querer convertirlo en local para “pasar el rato”. 


La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del Abogado se basa en demostrar que los hechos que se le imputan a D. Ángel, no son constitutivos de un delito de usurpación del artículo 245.2 del Código Penal, en base a que:
  • No hubo voluntad de ocupación ni de permanencia en el inmueble.
  • El referido inmueble no reunía condiciones necesarias de habitabilidad.
  • Los propietarios no instaron, con carácter previo a la vía penal, acciones civiles –interdictos- para la recuperación de la posesión.
  • No realizaron ningún acto de disposición como mejoras, reformas, obras de ninguna clase.
  • Las cotas de inmisión de Don Ángel y del resto de los acusados en el hecho posesorio, no alcanzó cotas de suficiente gravedad, y por aplicación del principio de intervención mínima del Derecho Penal, los hechos imputados al cliente no pueden subsumirse en el tipo del art. 245.2  del Código Penal.


Cantidad de casos completos visualizados en el mes: