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Robo
Falta de lesiones y delito de robo con violencia en la vía pública. Atenuante de reparación del daño.
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-02-2008
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Robo
- Número: 569
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: ATESTADO POLICIAL, CONFORMIDAD DEL ACUSADO, INFORME FORENSE, LESIONES, Partes médicos, REPARACIÓN DEL DAÑO, RESPONSABILIDAD CIVIL, ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN
Descripción:
1. Atestado policial |
2. Atestado policial |
3. Atestado policial |
4. Escrito conclusión provisional |
5. Escrito conclusión provisional |
6. Sentencia |
Supuesto de hecho.
En fecha 25 de diciembre de 2007, D. José, en compañía de otra persona que no pudo ser identificada, abordaron a D. Juan, cuando este caminaba por la calle Linde de Albacete pidiéndole que les entregara todos los objetos de valor que llevaba encima.
Al negarse D. Juan a entregar sus pertenencias, D. José y su acompañante comenzaron a golpearle, y le dieron puñetazos por diversas partes del cuerpo. Tras arrebatarle la cartera y el teléfono móvil, se dieron a la fuga. D. Juan salió en persecución de sus agresores, cuando vio un coche de la Policía Local al que informó de lo sucedido y posteriormente se subió al vehículo. A los pocos metros alcanzaron a D. José, y la Policía procedió a detenerlo, encontrando en su poder la cartera de D. Juan.
Como consecuencia de los citados hechos, D. Juan resultó con lesiones consistentes en contusión nasal seguida de epistaxis, de las que se curó sin secuelas y sin precisar más que una primera asistencia facultativa a los tres días, dos de los cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. José, y su objetivo es demostrar que no ha cometido los hechos que se le imputan. Sin embargo, con el fin de rebajar su pena de prisión, se plantea la posibilidad de una conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del Abogado se basa en llegar a un acuerdo con el Ministerio Fiscal, consistente en que éste rebaje a dos años la pena de prisión solicitada para su cliente, a fin de llegar a una posible conformidad, y solicitar la suspensión de la ejecución de la pena, alegando que se dan las circunstancias de la atenuante del artículo 21.5º del Código Penal de reparación del daño causado.
Albacete., 25-12-2007
En fecha 25 de diciembre de 2007, D. José, en compañía de otra persona que no pudo ser identificada, abordaron a D. Juan, cuando este caminaba por la calle Linde de Albacete pidiéndole que les entregara todos los objetos de valor que llevaba encima.
Al negarse D. Juan a entregar sus pertenencias, D. José y su acompañante comenzaron a golpearle, y le dieron puñetazos por diversas partes del cuerpo. Tras arrebatarle la cartera y el teléfono móvil, se dieron a la fuga. D. Juan salió en persecución de sus agresores, cuando vio un coche de la Policía Local al que informó de lo sucedido y posteriormente se subió al vehículo. A los pocos metros alcanzaron a D. José, y la Policía procedió a detenerlo, encontrando en su poder la cartera de D. Juan.
Como consecuencia de los citados hechos, D. Juan resultó con lesiones consistentes en contusión nasal seguida de epistaxis, de las que se curó sin secuelas y sin precisar más que una primera asistencia facultativa a los tres días, dos de los cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales.
Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es D. José, y su objetivo es demostrar que no ha cometido los hechos que se le imputan. Sin embargo, con el fin de rebajar su pena de prisión, se plantea la posibilidad de una conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia principal del Abogado se basa en llegar a un acuerdo con el Ministerio Fiscal, consistente en que éste rebaje a dos años la pena de prisión solicitada para su cliente, a fin de llegar a una posible conformidad, y solicitar la suspensión de la ejecución de la pena, alegando que se dan las circunstancias de la atenuante del artículo 21.5º del Código Penal de reparación del daño causado.
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