

Impago de deuda al acreedor. Delito de alzamiento de bienes.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
A principios de 2001 el señor X X era administrador único de la sociedad mercantil "La deuda" S. A, la cual tenía, por sus operaciones mercantiles, una deuda con la sociedad mercantil "La Acreencia" S. A. por un monto de 1.630.728 €. Por el impago de la deuda la sociedad mercantil acreedora ejerció un proceso monitorio, en la que se acordó requerir a la deudora, en el plazo de 20 días la cantidad reclamada, siendo notificada dicha resolución, sin que conste la persona notificada en la sede de la sociedad mercantil "La Deuda".Objetivo. Cuestión planteada.
En este caso nuestro cliente es el señor XX en su condición de administrador único de la sociedad La Deudora, y quin es el imputado del delito de levantamiento de bienes con el fin de dejar insolvente a la deudora y no cumplir con sus obligaciones.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado es demostrar que el imputado desconocía el proceso monitorio que se había incoado contra la empresa que administraba y que por consiguiente no tuvo el animo delictivo cuando permitió que se trasladaran los bienes muebles de la sede de dicha empresa una vez declarada su disolución por la Junta Directiva, por lo cual no actuó con el animo de cometer el delito que se le imputa.