

Responsabilidad extracontractual por vicios de la construcción. Solicitud de intervención provocada.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El supuesto de hecho se inicia en fecha de 24 de julio de 2009, al ser el día en el que por la comunidad de propietarios de la calle X, se interpone demanda de reclamación por vicios en la construcción contra Vivienda S.A, promotora de la edificación. La elección de demandar únicamente a la promotora se basa principalmente en que ella, como responsable solidaria, responde en todo caso de los defectos constructivos.Objetivo. Cuestión planteada.
El cliente es la comunidad de propietarios de la calle X, y su objetivo, a este respecto, es que no se admita la intervención de terceros en el proceso.La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste oponerse a la solicitud planteada por la demandada, basándose en lo alegado en su escrito de demanda, es decir, la no necesidad de demandar a los demás agentes intervinientes, toda vez que el promotor, siempre responde solidariamente junto con ellos, lo que implica que siempre será responsable de los vicios.