Absolución por falta de prueba en un delito contra la salud pública: entrada policial sin autorización en local de ocio por presunción de tráfico de drogas.

  • Fecha de resolución del caso: 22/01/2025
  • Número: 14302
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la salud
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: Criterios concretos sobre la eficacia de la prueba indiciaria en el proceso penal, Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio, Importancia de la prueba en el proceso, La obtención y custodia de pruebas, La prueba en el proceso penal, Prueba, Prueba practicada sin vulnerar derechos fundamentales, TRÁFICO DE DROGAS

DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS

EL CASO

Supuesto de hecho.

Sobre las 00:45 horas del día 16 de octubre de 2020 los agentes de la Policía Nacional cuando realizaban labores propias de su cargo, con ocasión de la comisión de un hecho delictivo y tener indicios de que los presuntos autores se escondía en un local, se personaron en el mencionado local. Una vez allí, tras comprobar desde el exterior que había luz en el interior del local, el cierre metálico estaba levantado y la puerta de acceso entreabierta, y ante la posible comisión de un hecho delictivo por parte de los encausados, en cuanto se encontraban en el interior del local junto a una mesa sobre la cual hablan varios trozos pequeños de color marrón, una báscula de precisión, cuchillo de cocina y multitud de envoltorios los cuales son utilizados para el consumo de sustancias estupefacientes, accedieron al interior.

Una vez dentro, procedieron a inspeccionar una mochila verde con la inscripción" San Miguel" en la cual los encausados hacían ademan de guardar algo cuando los agentes entraron dentro, encontrando en su interior: 1 paquete conteniendo 10 tabletas de una sustancia vegetal color marrón al parecer paquete conteniendo 5 tabletas de una sustancia vegetal color marrón al parecer hachís con fotografia de MAYWEATHER y 4 tabletas de una sustancia vegetal color marrón al parecer hachís. Igualmente, sobre la mesa se encuentra una bolsa azulada transparente conteniendo en su interior sustancia escamosa de color clara al parecer cristal LSD, báscula de precisión, varios trozos de sustancia sólida y de color marrón al parecer hachís, cuchillo de cocina con resto de sustancia resinosa, una hoja de navaja de un solo filo con restos de sustancia resinosa, unas tijeras de mango de plástico rosa y blanco, un recipiente de plástico rojo y otro negro utilizados para picar sustancias herbáceas y conteniendo restos en su interior y un rollo de film transparente.

Por auto de fecha de 16 de octubre de 2020 Juzgado de Instrucción se autorizó la entrada y registro del mencionado local. Llevándose este acabo a las 15: 30 horas de ese mismo día siendo encontrado por los agente de la Policía Nacional sustancias que posteriormente fueron analizadas por el Instituto Nacional de toxicología.

Dichas sustancias alcanzaría en el mercado ilícito un valor de 22.553,757€ (11 .216,342€ por la resina de cannabis, 464,28€ por la cocaína y 10.873,135€ por MOMA) siendo la intención de los encausados traficar y lucrarse con la venta de la misma.

Objetivo. Cuestión planteada.

La libre absolución con todos los pronunciamientos favorables.

La estrategia. Solución propuesta.

No es salvable la vulneración de la inviolabilidad del domicilio del Art. 18.2 de la CE en la práctica de los 2 registros, que alcanza a la intimidad propia del local, el cual, además, era utilizado por otras personas. La nulidad inicial de la entrada y registro conlleva consigo la invalidez de las pruebas encontradas en el interior del domicilio. Las pruebas obtenidas como consecuencia del registro ilegal han de reputarse nulas, por lo prevenido en el Art. 11.1 de la LOPJ

NO TIENE PERMISOS PARA VER ESTE DOCUMENTO COMPLETO. SOLICITE EL PLAN PREMIUM DE GLOBAL ECONOMIST & JUIST AQUÍ