

Reclamación de derecho a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar que le permita hacer frente a los cuidados de la hija menor prestando sus servicios a través del teletrabajo e indemnización adicional por vulneración de los Derechos Fundamentales.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
Doña Laura comenzó a prestar servicios para la empresa demandada el 15 de julio de 2021 con categoría de Performance Marketing Specialist, bajo el ámbito del Convenio Estatal de Contact Center y con una jornada laboral reducida por cuidado de menor de 34,125 horas semanales. En septiembre de 2023 fue madre de una niña, Dª Sol, de quien es principal cuidadora, ya que su pareja, abogado en ejercicio y autónomo, desarrolla una jornada extensa e incompatible con el cuidado efectivo de la menor.
Durante prácticamente toda su relación laboral, Doña Laura desempeñó sus funciones en modalidad de teletrabajo. Sin embargo, en marzo de 2024, la empresa impuso un cambio organizativo que limitó el teletrabajo a tres días semanales, obligando a la asistencia presencial dos días. Esta modificación supuso una dificultad real para la trabajadora, quien, dada la dependencia total de su hija y la imposibilidad de contar con el progenitor como apoyo diario, solicitó acogerse a una modalidad de teletrabajo al 100% como medida de adaptación razonable para conciliar su vida familiar y laboral, al amparo del artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.
La empresa abrió un periodo de negociación formal, pero finalmente denegó la solicitud sin aportar motivos organizativos objetivos, remitiéndose a la supuesta desproporcionalidad de la medida. Además, ofreció a la trabajadora alternativas que implicaban una merma en sus derechos (reducción de jornada o excedencia) sin considerar otras opciones razonables. Durante este proceso, Doña Laura alegó un trato desigual con respecto a otra compañera con funciones similares a la que sí se le había autorizado teletrabajar de forma completa, y denunció el daño moral causado por la negativa injustificada a una medida esencial para el cuidado de su hija.
En consecuencia, Doña Laura interpuso Demanda solicitando el reconocimiento del derecho a prestar servicios en régimen de teletrabajo al 100% de su jornada, así como una indemnización por los daños morales derivados de la actuación empresarial, al considerar vulnerado su derecho a la conciliación y lesionado el principio de igualdad.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se obligue a la empresa a respetar el derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar de la trabajadora accediendo a realizar la adaptación de jornada solicitada por la demandante que le permita hacer frente a los cuidados de la menor prestando sus servicios a través del teletrabajo, más una indemnización por los daños sufridos.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer reclamación de derecho a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar e indemnización adicional por vulneración de los Derechos Fundamentales.