

Recurso de apelación contra Auto que autoriza la Orden Europea de Detención y Entrega del Estado requirente.
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
El ciudadano suizo D. Luis fue objeto de una Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) emitida el 21 de agosto de 2024 por la Fiscalía del Tribunal Regional de Viena (Austria), en relación con presuntos delitos de estafa castigados con hasta diez años de prisión. En virtud de dicha OEDE, el Juzgado Central de Instrucción español dictó auto el 26 de agosto de 2024 acordando su entrega a Austria, la cual se materializó el 3 de septiembre de 2024.
Posteriormente, con fecha 4 de septiembre de 2024, el Juzgado de Alemania emitió una nueva OEDE contra el mismo ciudadano por hechos distintos —concretamente, trece delitos de estafa y trece delitos de receptación cometidos entre el 7 de junio y el 20 de julio de 2023—. Esta nueva solicitud fue recibida en el Juzgado Central de Instrucción español el 11 de diciembre de 2024, iniciándose así un nuevo procedimiento para autorizar su entrega a Alemania.
El Juzgado Central, mediante auto de 26 de febrero de 2025, autorizó dicha entrega de Luis desde Austria a Alemania, considerando procedente la solicitud alemana. Frente a esta resolución, el afectado interpuso Recurso de apelación alegando que España ya no tenía competencia para decidir sobre su entrega, al haberse producido ya su extradición a Austria meses antes.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional estimó el recurso, revocando el auto impugnado, al considerar que España no ostenta ya la condición de Estado de ejecución de la OEDE alemana, dado que el reclamado se encuentra bajo custodia de las autoridades austriacas. Asimismo, invocó el principio de especialidad, conforme al cual el Estado requerido (España) no puede autorizar la entrega del reclamado a un tercer Estado (Alemania) sin que esta solicitud se canalice a través del Estado que tiene actualmente la custodia del reclamado (Austria), y previa autorización de España.
Por tanto, se concluyó que corresponde a las autoridades judiciales austriacas resolver sobre la entrega del reclamado a Alemania, siendo necesario que, en su caso, recaben la autorización de las autoridades españolas, en cumplimiento de la normativa europea y española aplicable.
Objetivo. Cuestión planteada.
Que se estime el Recurso de apelación acordando la denegación de la entrega.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer Recurso de apelación directo contra el Auto y a tenor de lo dispuesto en el artículo 51.8 de la Ley 23/2014, de 20 de noviembre de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea y los artículos 766 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en relación con el artículo 504 del mismo cuerpo legal.