Compraventa de bienes inmuebles

Contestación a la demanda de juicio ordinario por vicios ocultos en compra de vivienda.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 01-07-2024
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de compraventa / Compraventa de bienes inmuebles
  • Número: 14216
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COMPRAVENTA CIVIL, COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

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  • Prueba
  • Resolución judicial

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Madrid, 29-03-2022

El 9 de febrero de 2022, D. Oscar y D.ª Mireia suscribieron con D.ª Rosa y D. Facu un contrato de compraventa de un inmueble, elevado a escritura pública el 29 de marzo de 2022, por un precio de 260.000 euros. Posteriormente, los compradores detectaron una serie de defectos en la vivienda que consideraron vicios ocultos, motivo por el cual presentaron una Demanda en juicio ordinario solicitando la rebaja del precio pagado en una cuantía de 13.359 euros, correspondiente al coste de reparación de dichos defectos.

En su Demanda, los actores ejercitaron la acción "quanti minoris", alegando que los defectos señalados hacían impropia la vivienda para el uso previsto o, al menos, disminuían su valor. Entre los problemas denunciados se incluían defectos en la fontanería, electricidad y pintura, atribuidos a un tratamiento inadecuado del “gotelé” existente, lo que provocó desconchados en las paredes, así como fallos en las canalizaciones de la cocina y en la instalación eléctrica.

La parte demandada negó la existencia de los vicios ocultos, argumentando que no cumplían con los requisitos legales para ser considerados como tales. Señalaron, además, que la acción "quanti minoris" no tiene naturaleza indemnizatoria, por lo que no puede usarse para reclamar el importe de reparaciones, y que la Demanda presentaba un defecto de planteamiento al intentar combinar esta acción con una reclamación de daños y perjuicios.

Durante el procedimiento, el informe pericial presentado por los demandantes fue cuestionado por basarse en hipótesis no contrastadas y por no aportar pruebas concluyentes, como facturas de las reparaciones realizadas ni declaraciones de los responsables de los trabajos. Además, la vivienda contaba con cédula de habitabilidad, lo que contradice la existencia de riesgos graves como los alegados.

Finalmente, el tribunal desestimó la Demanda, considerando que los vicios no estaban suficientemente acreditados y que los defectos denunciados eran visibles o no ocultos. Asimismo, señaló que los actores no demostraron el impacto de dichos defectos en el valor de la vivienda al momento de la compraventa, lo cual es un requisito esencial para la acción "quanti minoris". Las costas del procedimiento fueron impuestas a la parte demandante.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se tengan por rechazadas y desestimadas todas las pretensiones de la parte actora con expresa imposición de condena en costas procesales.



La estrategia. Solución propuesta.

Oponerse a la Demanda alegando excepción procesal por existir un evidente defecto en el modelo de proponer la Demanda, solicitando el sobreseimiento del caso, y fundamentando su oposición en cada hecho alegado por la parte actora. 



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