Por daños derivados del uso y circulación de vehículos a motor

Reclamación de cantidad derivada de daños ocasionados con motivo de la circulación de vehículos a motor


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-04-2024
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Responsabilidad extracontractual / Por daños derivados del uso y circulación de vehículos a motor
  • Número: 14197
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ACCIDENTE, Responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor, Responsabilidad derivada de la circulación de vehículos a motor. Triple regulación. Internacional, de la Unión Europea y espa, Responsabilidad derivada de la circulación de vehículos a motor. Triple regulación. Internacional, de la Unión Europea y española. Directivas de la Unión Europea. Ambito de aplicación. Las Directivas de la Unión Europea., RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL, Tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial , VEHÍCULOS

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Andalucía, 30-09-2020

El día 30/09/2020 sobre las 13:35 horas, Doña Olga, conducía un vehículo cuando al reducir la velocidad es golpeada por detrás por otro vehículo, causándole daños personales y materiales. Dicho accidente le produjo lesiones que la dejaron imposibilitada temporalmente para desarrollar su vida con normalidad.

En particular señala que del resultado de la valoración consta que se le han ocasionado unas lesiones temporales valoradas en 6477,01 euros. Un lucro cesante 1093, 15 euros con motivo de dedicarse a las tareas del hogar.
Y secuelas de dos puntos valoradas en 1596, 91 por Cervicalgias postraumáticas cronificadas y permanentes y síndrome cervical.

La parte demandada reconoce la realidad del accidente como la responsabilidad del conductor del vehículo asegurado por la misma, sin embargo, discrepa respecto al alcance y valoración de los perjuicios realizado por la parte demandante.
Estima la demandada que la valoración de las lesiones seria la siguiente:
- 838,46 euros por 7 días de perjuicio personal particular moderado.
- 1864,99 euros por 59 días de perjuicio personal básico.
- 784,62 euros por 1 punto de secuela como consecuencia de una algias postraumáticas cronificadas y permanentes y síndrome cervical asociado.

Respecto al lucro cesante, argumenta que no tienen la entidad suficiente para suponer una limitación.

Por tanto, las cuestión controvertida se ciñe a determinar el alcance de las lesiones y el importe de las indemnización



Objetivo. Cuestión planteada.

Se condene solidariamente a las partes demandadas a abonar a mi mandante la cantidad total de 8.073,92 euros, más los intereses moratorios legalmente establecidos desde la fecha de producción del siniestro (art. 20 LCS)



La estrategia. Solución propuesta.

Interpone Demanda de cantidad derivada de daños ocasionados con motivo de la circulación de vehículos a motor argumentando el importe de las indemnizaciones por las lesiones y daños causados.



Cantidad de casos completos visualizados en el mes: