Nulidad de condiciones generales de contratación y devolución de cantidades indebidamente cobradas contra banco. Cláusulas suelo. Inadmisión de casación.

  • Fecha de resolución del caso: 24/09/2024
  • Número: 14174
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: CLÁUSULA SUELO, Devoluciones, El contrato de préstamo bancario, En particular, cláusulas abusivas en escrituras de préstamos hipotecarios, Las modificaciones del préstamo. La novación, NULIDAD DE LOS CONTRATOS, PRÉSTAMO

DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS

EL CASO

Supuesto de hecho.

En 2.008 Andrea y Luis firman un contrato de préstamo hipotecario por valor de 177.000€ (CIENTO SETENTA Y SIETE MIL EUROS) con un Banco. En el contrato se fijaban las siguientes cláusulas entre otras: interés fijo de 6,150% (hasta 2009) y una cláusula suelo de 4,50% que encareció en gran medida la deuda. 

Con el paso de los años, el Banco iba ofreciendo a los prestatarios novaciones del contrato respecto al interés máximo cambiándolo hasta en dos ocasiones (entre el 3 y 3,25%). Estas novaciones se realizaron sin negociación previa y sin dar más opciones a los prestatarios. Este problema se suma a que la cláusula suelo fue añadida sin previa información de las consecuencias a los firmantes tal y como exige la legislación.

Andrea y Luis ponen una reclamación ante la entidad bancaria en 2.020 y ante la negativa de esta, se decidieron a interponer una DEMANDA contra esta.

Objetivo. Cuestión planteada.

Que se declare nula la cláusula suelo tanto en el préstamo inicial como en las novaciones y que se restituyan las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esta cláusula.

La estrategia. Solución propuesta.

Demostrar que las cláusula suelo y las novaciones son abusivas por lo que debería devolverse todas las cantidades ya abonadas en concepto de la cláusula y dejarse la misma sin efecto.

NO TIENE PERMISOS PARA VER ESTE DOCUMENTO COMPLETO. SOLICITE EL PLAN PREMIUM DE GLOBAL ECONOMIST & JUIST AQUÍ