Sobreseimiento provisional de delito continuado de apropiación indebida de vehículos depositados para su venta y gestión por no encontrarse participación ni connivencia en la conducta fraudulenta. Falsedad documental
DOCUMENTOS ORIGINALES PRESENTADOS
EL CASO
Supuesto de hecho.
Aproximadamente en los primeros meses del año 2018, D. Roberto mantenía relaciones comerciales de compraventa de vehículos con la empresa x. Durante el transcurso de estos negocios, los responsables de la sociedad presentaron a Isaac al Sr. Roberto, comenzando así a mantener también tratos comerciales con él, en virtud de los cuales le cedía
turismos que previamente había adquirido con la finalidad de que Isaac encontrara un comprador y cuando recibía el dinero de la venta, debía entregárselo al Sr. Roberto, el cual le satisfacía la comisión pactada. Así las cosas, durante los meses de febrero a abril del 2018, D. Roberto entregó unos turismos para que gestionara su venta. Con posterioridad, a pesar de los numerosos requerimientos realizados por el propietario de los coches, Isaac no devolvió en ningún momento los vehículos ni el dinero procedente de las transmisiones a terceras personas, manteniéndolos así, con ánimo de lucro ilícito, en su posesión.
Así, Roberto interpuso Querella no sólo contra Isaac, sino también contra Diego y Gabriel, así como el Concesionario, e indicó a Dña. E, Dña P, D. L, Dña. Y, D. B y mercantil como partícipes a título lucrativo.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente es el sobreseimiento del caso al entender que no se vislumbra ninguna participación ni connivencia con el acusado Isaac en la conducta fraudulenta cometida. Asimismo, su objetivo último es salir impugne.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado de D. Diego es alegar que no hubo ninguna participación ni connivencia con el acusado Isaac en la conducta fraudulenta cometida.