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Contrato de préstamo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 28-05-2021
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 13931
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CLÁUSULAS ABUSIVAS, CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN, Consumidores y usuarios, CRÉDITO HIPOTECARIO, Nulidad, PRÉSTAMO
Don Antonio expone que existieron cláusulas en la escritura del préstamo estimadas como nulas de pleno derecho y no negociadas individualmente con los interesados del crédito. Entre las cláusulas expuestas se encuentran: (1) Gastos derivados del otorgamiento de la escritura del préstamo; (2) Intereses de demora considerados abusivos: (3) Resolución anticipada que no ha sido negociada con los consumidores del préstamo.
Es manifestado que el objeto del préstamo era adquirir una vivienda, los prestatarios no actuaron bajo ningún ámbito profesional y que el pacto se hizo a conformidad de la entidad bancaria en su momento, sin posibilidad de negociación para los prestatarios, incurriendo así en falta de transparencia.
J BANK suscribe allanamiento conforme a la pretensión de nulidad de intereses de demora y alega carencia sobrevenida de objeto respecto a la cláusula sobre vencimiento anticipado por efecto de la LCCI. Subsidiariamente se formula allanamiento.
Con respecto a la cláusula gastos derivados del proceso, se alega que fue negociada y que se informó a los prestatarios sobre el contenido y alcance de la cláusula de gastos impugnada en la demanda.
En sentencia final se declaran nulas todas las cláusulas impuestas de manera abusiva sobre los demandantes y se condena al demandado a la suma exigida por la parte actora desde un principio: 435,57€ más costas.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se dicte Sentencia por la que se acuerde:
1.- La nulidad de la cláusula de gastos notariales, de inscripción en el registro de la propiedad, de tasación, gestoría, procurador y abogado, contenidas en la estipulación quinta de la escritura de préstamo hipotecario otorgada en fecha 16 de febrero de 2009.
2.- La nulidad de la estipulación sexta relativa al interés de demora.
3.- La nulidad de la estipulación sexta bis relativa al vencimiento anticipado.
4.- Condenar a la demandada a devolver a Don Antonio el importe de 435,57.-€ correspondientes a la mitad de los gastos de notaría y el importe íntegro de los gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad, más los intereses legales devengados desde el día de la reclamación extrajudicial efectuada por Don Antonio el día 16 de junio de 2017.
5.-La imposición de las costas a la demandada, al amparo de lo establecido en el artículo 394.1 LEC.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer demanda de nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad, realizando las alegaciones necesarias y aportando las pruebas pertinentes al efecto.