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Compraventa de bienes inmuebles
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-05-2019
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de compraventa / Compraventa de bienes inmuebles
- Número: 13852
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, RECLAMACIÓN DE CANTIDAD
Doña Manuela y Don Antonio formalizaron un contrato de compraventa de vivienda con la empresa Climate S.L. que contenía una cláusula penal a la que recurrieron para no tener que abonar el importe integro de la vivienda. Reclaman en virtud de la cláusula sexta del pliego de condiciones del contrato de compraventa suscrito el 18 de julio de 2007 con la demandada Climate S.L., como vendedora del inmueble, el importe de las cantidades entregadas a cuenta de dicha compraventa y que ante la falta de pago del precio concedido fueron requeridos de resolución del contrato por la vendedora vivienda por requerimiento notarial el 14 de mayo de 2009 y 29 de enero de 2010 y mediante demanda de conciliación, en cuya comparecencia la parte compradora se avino a la resolución del contrato pero no a que no le fueran devueltas las cantidades que se reclaman y que sobre los 48.000 euros entregados entre señal y pagos de plazos de la compraventa asciende a 36.000 euros, dado que la referida cláusula sexta establece que el vendedor hará suyo el 25%.
Objetivo. Cuestión planteada.
Se requiera a las personas deudoras solidariamente para que en el plazo de veinte días, paguen la cantidad de 36.000 euros intereses conforme la ley 57/1968, o subsidiariamente el interés legal del dinero desde la fecha de resolución, e imposición de costas y para el caso de que en dicho plazo no atiendan el requerimiento o no comparezcan alegando razones de la negativa de pago, se dicte decreto dando por terminado el proceso monitorio y se le de traslado del mismo para que pueda instar el despacho de ejecución.
La estrategia. Solución propuesta.
Interponer demanda formulando petición incial de proceso monitorio en reclamación de 36000 euros contra Climate S.L.