Partición y adjudicación

Demanda de juicio ordinario en relación a la partición de la herencia.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-10-2021
  • Materia: Derecho Civil
  • Especialidad: / Derecho Civil / Sucesiones / Adquisición de la herencia / Partición y adjudicación
  • Número: 13554
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COLACIÓN DE BIENES, Demanda, DONACIONES, Legítima, PARTICIÓN HEREDITARIA

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

- FORMULARIOS JURIDICOS RELACIONADOS

- BIBLIOTECA

  • Libros
  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Valencia, 06-07-2020

En la partición hereditaria practicada tras la defunción de su progenitor el cliente había percibido en concepto de legítima estricta una cantidad muy inferior a la que le correspondía por derecho, al haberse minorado aquélla incorrectamente en su perjuicio tras la colación a la herencia de una supuesta donación formalizada en escritura pública entre el causante y el cliente que encubría un auténtico negocio disimulado de pago de una contraprestación onerosa, no colacionable a la herencia. 

Solicitada la declaración de nulidad del negocio simulado y la validez jurídica del negocio disimulado como presupuesto de la acción de complemento de la legítima en base un conjunto de prueba de indicios, se consiguió en favor del cliente el reconocimiento del complemento de su legítima por la diferencia entre lo injustamente percibido y lo que le correspondía, lo que le supuso una considerable ganancia patrimonial. 



Objetivo. Cuestión planteada.

- Que se estime las siguientes pretensiones: la nulidad del negocio simulado de donación llevado a cabo entre la causante y difunta madre, la validez del negocio oneroso disimulado de pago de finiquito y acuerdo transaccional en evitación de juicio por la finalización del marido de la representada, en la prestación de sus servicios en la Administración de Loteria, que en tal condición de legitimaria, no ha recibido lo que por legítima le corresponde en la herencia de su madre, percibir en concepto de complemento o suplemento de su legítima estricta lo que le corresponde en pago de su cuota hereditaria y que se complete o adicione la partición practicada y a que se reduzcan determinadas partidas del haber hereditario a resultas de las pruebas practicadas.

- Que se condene a la parte demandada a pasar por el complemento o suplemento notarial de la legítima estrícta de forma que se deduzca de la cantidad fijada como caudal relicto por el contador partidos hereditario por diferencia entre activos y pasivos hereditarios, la donación simulada a tenor de su naturaleza real de negocio oneroso disimulado al no ser colacionables los negocios jurídicos onerosos llevados a cabo en vida del causante y no minorando la cantidad que como haber hereditario resulta a favor de esta parte en aquella cantidad de 52.102, 77 € en que se fijó el verdadero negocio juridico oneroso disimulado.

- Se actualice el valor asignado a los derechos de créditos pendientes de cobro relativos a la Administracion de Loteria en la cantidad actualizada que resulte de la documentacón contable de la Administración de Loteria.

- Se actualice el valor asignado al saldo deudor en concepto de pagos pendientes asociados  la Administración de Loteria, se reduzca el valor asignado a los honorarios relativos a la tramitación de la herencia en la cantidad que resulte de las facturas emitidas por la Notaría, contador partidor y las empresas tasadoras de los bienes de la herencia que por ellas hayan sido tasadas, se reduzca el valor asignado al "saldo deudor del préstamo personal concedido a favor de la causante como deudora por su hija M en la cantidad que resulte de los extractos de las 3 cuentas de la causante inventariadas.

- Se abone la cantidad en que se concrete el déficit en la cuantía de su legítima  la cantidad de resulte por diferencia entre lo percibido en perjuicio de su legitima estricta por la erronea colación de la donación simulada de referencia y por la errónea minusvaloración y supervaloración que se hace en la partición practicada de algunos bienes del haber y deber hereditario, y lo que hubiese debido recibir de no haberse colacionado aquella donación por tratarse en realidad de un negocio oneroso disimulado no colacionable y de haberse valorado correctamente las referidas partidas del haber y deber hereditario.

- Realizar una nueva partición



La estrategia. Solución propuesta.

La estrategia del abogado está en demostrar los siguientes hechos:

1.  Que la partición de la herencia llevada a cabo está mal hecha.



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