|
---|
Contrato de Trabajo
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 10-04-2019
- Materia: Derecho Social
- Especialidad: / Derecho Social / Contrato de Trabajo
- Número: 13276
- Tipo de caso: Caso Judicial
En fecha 10 de septiembre de 1985 comienza, la parte actora, un contrato de prácticas de encargada esteticista hasta el 9 de septiembre de 1988. El 26 de septiembre de 1988 hasta el 31 de julio de 2011 celebran las partes un contrato de trabajo temporal que es sustituido el 1 de agosto de 2011 por un contrato de trabajo indefinido. El 2 de julio de 2018 cuando llega al centro de trabajo para empezar la jornada laboral no pudo entrar al establecimiento con las llaves oficiales al haber sido cambiada la cerradura de la única puerta de entrada de la mercantil, esto se prueba con acta presencial ante notario. Debido a la incertidumbre de la situación manda la parte actora un burofax, al no tener respuesta impone una denuncia ante la dirección provincial de Lleida de la inspección de trabajo. La parte actora presenta Demanda el 1 de agosto de 2018.
Objetivo. Cuestión planteada.
La parte actora pretende que se declare despido tácito e improcedente condenando a la empresa a readmitirla o a una indemnización de 42.598,71€. También pretende que se condene al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por tales declaraciones, con las responsabilidades a ello inherentes.
La estrategia. Solución propuesta.
La parte actora pretende conseguir sus objetivos mediante la argumentación de un despido improcedente teniendo en cuenta los artículos 103 a 113 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre y el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.