Autorización judicial de una madre para poder repudiar en nombre de su hijo menor de edad la herencia.
-
Fecha de resolución del caso: 12/02/1997
- Número: 1326
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Familia / Patria-potestad
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: REPUDIACIÓN DE LA HERENCIA
Documentos originales presentados
Los documentos reales de este caso no están disponibles temporalmente.
Quizá le puedan interesar los siguientes casos:
EL CASO
Supuesto de hecho.
El 09 de diciembre de 1996, Don Joan lega a su nieto a través de herencia otorgada en escritura pública. El testamento está formado en su mayoría por cargas y deudas, y en su minoría por ciertos bienes de algún valor. En su conjunto, los bienes dejados no eran suficientes para cubrir el negativo del resto de la herencia otorgada.
El nieto y heredero Don Felipe, menor de edad, desea al igual que su madre, Doña Montse, renunciar a la herencia obtenida, debido a la carga económica que aceptarla supondría para una persona de tan corta edad, incapaz para asumir este tipo de responsabilidades.
Por otro lado, el 15 de abril de 1996 se interpuso una demanda de Juicio Declarativo de menor cuantía por parte de Don Pedro para lograr el otorgamiento de la escritura pública de compraventa y segregación de una parcela adquirida en al año 1968 a Don Joan, vendida, parece ser, de manera irregular por este.
Ante toda esta vorágine de complicados y entramados procedimientos judiciales que no deberían perturbar la cabeza de un menor de edad, Doña Montse decide solicitar, al Juzgado la autorización necesaria para que ella misma, en nombre de su hijo, pueda proceder a renunciar a la herencia otorgada por Don Joan.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente, Doña Montse, es lograr que el Juzgado pertinente le otorgue la autorización necesaria a fin de que ella, en nombre de su hijo, pueda proceder a renunciar a la herencia llena de cargas y deudas dejada por el difunto Don Joan.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado consiste en aportar con el escrito, por un lado, la documentación donde se acredita la renuncia a la herencia realizada por el resto de herederos, todos mayores de edad, los cuales, no dudaron ni un momento en tomar la decisión de rechazar la herencia dejada a cada uno de ellos por Don Joan.
Por otro lado, el abogado debe adjuntar como prueba documental dos de los procedimientos que se siguen en este preciso momento contra los herederos de Don Joan, uno de ellos, referente a la solicitud de elevación a escritura pública de un contrato de compraventa de una parcela firmado en 1968 por el acusante, y otro de ellos consistente en una reclamación que el ayuntamiento de una localidad catalana realiza contra los herederos de Don Joan y que asciende a treinta millones de pesetas (30.000.000 pesetas).
En resumen, se pretende mostrar al Juzgado la situación vulnerable del menor, al haberse quedado sólo, como heredero único, debido al rechazo por parte del resto de herederos de la herencia que por testamento les correspondía, y tener por tanto que asumir, sin tener aún siquiera capacidad de obrar, varias reclamaciones y demandas contra su persona, por su condición de heredero de Don Joan.
NO TIENE PERMISOS PARA VER ESTE DOCUMENTO COMPLETO. SOLICITE EL PLAN PREMIUM DE GLOBAL ECONOMIST & JUIST AQUÍ