Hurto

Denuncia que acciona procedimiento penal por hurto. Sustracción de joyas para su posterior venta.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 25-10-2021
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Hurto
  • Número: 13248
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: ARREPENTIMIENTO ESPONTÁNEO, CIRCUNSTANCIAS MODIFICATIVAS DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, De los hurtos, HURTO, PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, REPARACIÓN DEL DAÑO

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
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  • Argumentos
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  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
Gijón, Asturias., 01-02-2018

En los meses de febrero y marzo de 2008 el acusado, Don D. se encontraba trabajando para una empresa de construcción. En dicho contexto, fue contratado por Doña I. para acometer unas reformas en su domicilio. En este contexto, a causa de la ludopatía diagnosticada que padece Don D., sustrajo una serie de joyas del domicilio de Doña I., sin fuerza y sin que ella se enterase. Al año siguiente, pasó la noche en el domicilio de su amiga, Doña V., invitado por ella. En este contexto y también a causa de la ludopatía que padece, sustrajo otra serie de joyas del domicilio sin hacer fuerza en ellas. Meses más tarde, también sustrajo joyas del domicilio de Doña M., tras acudir al mismo contratado para pintar las paredes. También hurtó las joyas sin fuerzas.

Con las citadas joyas, Don D. se presentó en un local de compra - venta de este tipo de objetos para su venta. El dueño del local, de mala fe puesto que se podía interpretar fácilmente que las joyas eran sustraídas, entregó a Don D. una cantidad de dinero, que éste buscaba para poder seguir apostando en juegos de azar.

Completamente arrepentido por su conducta, Don D. se persona el día 31 de octubre de 2019 en los juzgados de su localidad, sin mediar investigación judicial alguna al respecto, para confesar los delitos que ha cometido, señalando que aún mantiene joyas en su casa que quiere devolver, los domicilio de las víctimas, el local de ventas y las ventas realizadas estos años.

A la fecha de celebración del juicio, Don D. ya había resarcido la cantidad de 2900 € a las víctimas de los hurtos, en señal de arrepentimiento y de su voluntad de reparar los daños causados.



Objetivo. Cuestión planteada.

Lograr el menor castigo penal posible.



La estrategia. Solución propuesta.

Mostrar ante el juzgado de lo penal el arrepentimiento del acusado, el perdón de las víctimas, que sufre ludopatía diagnosticada y que el local de venta de joyas obró de mala fe para lograr circunstancias atenuantes suficientes para que el cliente sea absuelto o, al menos, condenado mínimamente.



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