Cohecho

Delito por revelación de secretos y cohecho por parte de funcionarios a cambio de dinero. Reconocimiento de los hechos por parte de los acusados. Recurso de casación y estimación parcial del recurso.


  • FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 19-12-2019
  • Materia: Derecho Penal
  • Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra la Administración Pública / Cohecho
  • Número: 13113
  • Tipo de caso: Caso Judicial
  • Voces: COHECHO, De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos, De las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función, Del descubrimiento y revelación de secretos, El Ministerio Fiscal, FUNCIONARIOS PUBLICOS, La intervención del Ministerio Fiscal, PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, RECURSO DE CASACIÓN, RECURSO DE CASACIÓN POR INFRACCIÓN DE LEY

SUMARIO

- DOCUMENTOS JURIDICOS DEL CASO

- EL CASO

- PROCEDIMIENTO JUDICIAL

  • Partes
  • Peticiones Realizadas
  • Argumentos
  • Normas y Artículos relacionados
  • Documental aportada
  • Prueba
  • Resolución judicial

- JURISPRUDENCIA

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  • Artículos jurídicos

- CASOS RELACIONADOS

Documentos originales presentados





El caso


Supuesto de hecho.
BARCELONA, 16-01-2012

La acusada, en la fecha referida, proporcionó, valiéndose de su condición de funcionaria y del acceso que su puesto le otorgaba a las bases de datos del Estado, números de teléfonos de, al menos 5 personas, para proporcionárselos a un tercero a cambio de dinero.



Objetivo. Cuestión planteada.

Que se le absuelva de los delitos por los cuales se le acusa.



La estrategia. Solución propuesta.

Presentar recurso de casación ante la sentencia de la Audiencia Provincial, para que se le sancione por el 197.2.4.7 CP y 198 CP pero no por el art. 419 CP. Pues no puede sancionarse por el art. 197 CP (revelación de secretos), apartado dos (cesión de datos), cuarto (realizado por el encargado de los datos) y el séptimo (a cambio de dinero) y el art. 198, conjuntamente en concurso real con un delito de cohecho del art. 419 CP ( realizar un hecho delictivo por un funcionario público en el ejercicio de su cargo a cambio de una dávdiva o dinero) por vulnerarse el principio non bis in idem, al castigarse dos veces el ser funcionario público en el ejercicio de su cargo, cometiendo un delito a cambio de dinero.



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